COVID-19: Bizkaia amplía hasta el plazo de presentación de las declaraciones de ISD e ITP y AJD hasta el 30 de septiembre de 2020

COVID-19, coronavirus, Bizkaia,plazo, ISD, ITP y AJD, 30 de septiembre de 2020. Imagen de un Flujo de trabajo isométrico

Bizkaia amplía hasta el 30 de septiembre de 2020 el plazo voluntario de presentación de las declaraciones y de las autoliquidaciones del ISD e ITP y AJD para las y los contribuyentes que no están obligados a presentarlas telemáticamente, cuando dicho plazo finalice entre el 16 de marzo y el 30 de septiembre de 2020

En el Boletín Oficial de Bizkaia, de hoy, 1 de junio de 2020 se ha publicado la ORDEN FORAL 1031/2020, de 29 de mayo, del Territorio Histórico de Bizkaia, del diputado foral de Hacienda y Finanzas, por la que se extiende el plazo de presentación de las declaraciones y de las autoliquidaciones del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, para quienes no se encuentran obligados a su presentación telemática, como consecuencia de las restricciones derivadas de la emergencia sanitaria producida por el COVID-19.

La presentación de las declaraciones y de las autoliquidaciones del ISD e ITP y AJD, exige, o hace conveniente, la realización de determinados trámites presenciales que se ven dificultados por las medidas de contención que deben seguir adoptándose para hacer frente al COVID-19. Por ello, resulta conveniente ampliar hasta el 30 de septiembre de 2020 el plazo voluntario de presentación de las declaraciones y de las autoliquidaciones del ISD e ITP y AJD para las y los contribuyentes que no están obligados a presentarlas telemáticamente, cuando dicho plazo finalice entre el 16 de marzo y el 30 de septiembre de 2020, con objeto de que puedan planificar sus presentaciones hasta esa fecha, en un escenario en el que los servicios de atención presencial estarán funcionando a un menor ritmo del habitual.

La crisis sanitaria generada por el COVID-19 ha obligado a los poderes públicos a adoptar una serie de medidas extraordinarias que impactan enormemente en los factores de producción, en el consumo y en el día a día de los ciudadanos y de las ciudadanas, las cuales han ido prorrogándose desde mediados del mes de marzo de 2020. El DECRETO FORAL NORMATIVO 1/2020, de 17 de marzo, de medidas tributarias urgentes derivadas del COVID-19, la Hacienda Foral de Bizkaia, en uso de las habilitaciones contenidas en él, ha ido adoptando medidas complementarias a las inicialmente establecidas en él, tales como las relativas a la ampliación de los plazos de presentación de declaraciones y autoliquidaciones por parte de determinados contribuyentes, o las referidas a la ampliación del plazo voluntario de pago de ciertas liquidaciones practicadas por la Administración, entre otras.

Entre estas declaraciones y autoliquidaciones cuyo plazo voluntario de presentación se encuentra extendido hasta el 1 de junio de 2020 están las correspondientes al ISD e ITP y AJD de las y los contribuyentes no obligados a presentarlas telemáticamente. En buena parte de las ocasiones, la presentación de las declaraciones y de las autoliquidaciones del ISD e ITP y AJD, exige, o hace conveniente, la realización de determinados trámites presenciales que se ven dificultados por las medidas de contención que deben seguir adoptándose para hacer frente al COVID-19. Por ello, resulta conveniente ampliar hasta el 30 de septiembre de 2020 el plazo voluntario de presentación de las declaraciones y de las autoliquidaciones del ISD e ITP y AJD para las y los contribuyentes que no están obligados a presentarlas telemáticamente, cuando dicho plazo finalice entre el 16 de marzo y el 30 de septiembre de 2020, con objeto de que puedan planificar sus presentaciones hasta esa fecha, en un escenario en el que los servicios de atención presencial estarán funcionando a n menor ritmo del habitual.