Castilla-La Mancha prorroga la presentación de tributos vencidos durante el estado de alarma y quince días posteriores

Medidas tributarias en Castilla-La Mancha. Bandera ondeando de Castilla-La Mancha

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha publica la Orden 43/2020, de 31 de marzo, adoptando medidas excepcionales en el ámbito tributario con motivo de la crisis sanitaria originada por el COVID-19.

El gobierno manchego amplía las previsiones establecidas por el gobierno estatal en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, ampliando los plazos de presentación de las autoliquidaciones de los tributos propios y de los tributos cedidos.

En concreto, en materia de plazos, el contribuyente dispondrá de un mes adicional, contado desde la finalización del estado de alarma, para presentar las oportunas autoliquidaciones siempre que el plazo venciera durante el estado de alarma, o en los quince días naturales posteriores a su finalización.

En materia de Tributos sobre el Juego, el ingreso fraccionado del primer trimestre, cuyo ingreso fraccionado debía producirse entre el 1 y el 20 de abril, se podrá realizar entre el 1 y el 20 de julio de 2020.

Sin perjuicio de la suspensión presencial en las oficinas de la Administración tributaria y la ampliación de plazos, sigue a disposición de los contribuyentes la presentación y pago por vía telemática de los citados impuestos.

ACTUALIZACIÓN (02/07/2020)

Tras la publicación de la Orden 94/2020, de 1 de julio, el plazo para realizar el pago de la Tasa fiscal sobre el juego cuyo ingreso fraccionado corresponde realizar del 1 al 20 de abril y del 1 al 20 de julio del año en curso, se podrá realizar entre el 1 y el 20 de septiembre.