Creación de la Oficina Nacional de Fiscalidad Internacional

En el BOE de hoy, y con entrada en vigor a partir del día 1 de abril de 2013, se ha publicado la Orden HAP/393/2013, de 11 de marzo, que modifica la Orden PRE/3581/2007, de 10 de diciembre, por la que se establecen los departamentos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y se les atribuyen funciones y competencias, y la Orden de 2 de junio de 1994, por la que se desarrolla la estructura de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Una de las novedades que incorpora consiste en la creación, en el seno del Departamento de Inspección Financiera y Tributaria, de la Oficina Nacional de Fiscalidad Internacional, con competencia en todo el territorio nacional, correspondiendo al titular del Departamento de Inspección Financiera y Tributaria el acuerdo de adscripción de obligados tributarios a la misma, para el desarrollo de las actuaciones propias del procedimiento de inspección.

Su función consistirá, tal y como señala la exposición de motivos de la Resolución de 8 de marzo de 2013, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueban las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2013, en: “planificar centralizadamente las actuaciones a realizar y establecer criterios uniformes de actuación y métodos de trabajo comunes a las unidades con competencia inspectora”. Así se “prestará especial atención a la tributación de los grupos empresariales multinacionales, a la comprobación de los precios de transferencia, en particular a la exportación de intangibles”.