Si cumple los 65 años tras vender su vivienda, la ganancia patrimonial que pudiera generarse no estará exenta

La Dirección General de Tributos, en la consulta de 22 de septiembre de 2011, sostiene que no procede la aplicación de la exención a la ganancia patrimonial generada establecida para la transmisión de vivienda habitual por mayores de 65 años en el caso de que el contribuyente hubiera cumplido los 65 años en una fecha posterior a la transmisión de la cuota de titularidad que ostentaba de su vivienda habitual, aunque haya sido dentro del mismo periodo impositivo.

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