No son deducibles los intereses de un préstamo participativo que cubre el patrimonio neto negativo generado por una compra de acciones

En el caso de una entidad que compró acciones propias a los accionistas por importe superior a sus aportaciones, de manera que se genera un patrimonio neto negativo que supone el registro de una reserva negativa, déficit de recursos propios que se cubren con un préstamo participativo de una vinculada radicada en Luxemburgo, los intereses de ese préstamo, en la parte que cubre el déficit de patrimonio neto no se consideran fiscalmente deducibles. Para alcanzar esta conclusión no es necesario acudir al conflicto en la aplicación de la norma, es procedente la utilización de la facultad de calificación del artículo 13 de la LGT.

(Audiencia Nacional, 26 de marzo de 2018, recurso n.º 72/2016)