La aplicación del derecho de defensa en el marco de un procedimiento de recaudación de una deuda aduanera: el derecho a ser oído antes de que se adopte una decisión desfavorable

Análisis de la STJUE de 3 de julio de 2014, Asuntos C-129/13 y C-130/13 (acumulados)

Alejandro García Heredia
Profesor Titular de Derecho Financiero y Tributario.
Universidad de Cádiz

Sumario

1. Supuesto de hecho
2. Doctrina del tribunal
3. Comentario crítico

3.1. El principio fundamental de respeto del derecho de defensa y, en particular, el derecho de toda persona a ser oída antes de que se adopte una medida individual desfavorable: ¿puede ser directamente invocado por los particulares ante los órganos judiciales nacionales?
3.2. ¿Se vulnera el derecho de defensa cuando el interesado no ha sido oído con carácter previo a la adopción de una liquidación?
3.3. La autonomía de los Estados miembros para regular las condiciones que garanticen el respeto del derecho de defensa y determinar las consecuencias de su vulneración: ¿la vulneración del derecho a ser oído conlleva la anulación de la liquidación impugnada?

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Revista de Contabilidad y Tributación. CEF (RCyT. CEF) Núm. 381 (diciembre 2014)