La DGT aclara, sin carácter vinculante que una autocaravana tiene estatuto aduanero de mercancía de la Unión y una persona que se muda a Japón puede incluir botellas de vino y ron entre sus enseres personales sin límite alguno

La DGT aclara determinadas cuestiones relacionadas con Aduanas sin carácter vinculante. Autocaravana en carretera paisajística

En dos consultas DGT no vinculantes se plantean varias cuestiones relacionadas con la salida de mercancías fuera del territorio de la Unión Europea. En el caso planteado en la primera de estas resoluciones, una persona residente en Canarias es titular de un vehículo vivienda, autocaravana o camper homologado como vehículo vivienda o autocaravana, y está planificando realizar un viaje desde Canarias por diversos países de la Unión Europea que durará más de seis meses. En la otra, una persona que se va a mudar a Japón desea conocer cuántas botellas de ron y vino puede llevar entre sus enseres personales, así como las limitaciones si existieran o el procedimiento a seguir.

En la consulta DGT no vinculante 3/2025 se aclara el régimen aduanero aplicable a una autocaravana de un residente canario que viaja por la Unión Europea. Una persona residente en Canarias es titular de un vehículo vivienda (autocaravana o camper homologado como vehículo vivienda o autocaravana), y está planificando realizar un viaje desde Canarias por diversos países de la Unión Europea (España, Francia, Alemania, Holanda, Países Bajos, etc) que durará más de seis meses, pero sin que su estancia dentro del territorio de cada país supere en ningún caso los seis meses.

En este caso concurren las siguientes peculiaridades: Las Islas Canarias forman parte del territorio aduanero de la Unión Europea, aunque tienen un régimen fiscal diferenciado; La autocaravana tiene el estatuto de mercancía de la Unión, por lo que no se considera una importación al circular por otros países de la UE; al tratarse de una mercancía de la Unión, no se requiere despacho a libre práctica ni pago de derechos de importación y tampoco es aplicable el régimen de importación temporal, ya que este régimen está reservado para mercancías no pertenecientes a la Unión que serán reexportadas, lo que no se cumple en este caso.

Por tanto, el residente canario puede circular con su autocaravana por países de la UE sin realizar trámites aduaneros adicionales, siempre que se mantenga el estatuto de mercancía de la Unión y se respeten los límites de estancia establecidos por cada país.

En la consulta DGT no vinculante 4/2025 se confirma que sí se pueden incluir botellas de vino y ron junto con los enseres personales en una mudanza internacional a Japón, sin limitación alguna en cuanto al número de botellas. Tanto el vino como el ron están sujetos a Impuestos Especiales y esta persona podrá solicitar la devolución de los impuestos especiales de fabricación satisfechos, si se cumplan los requisitos del Rgto. II.EE.

Estos requisitos son los siguientes: esta persona debe ser exportador de productos sujetos a impuestos especiales (como el vino y el ron), o de productos que contengan dichos bienes. La devolución se concede por las cuotas previamente satisfechas correspondientes a los productos efectivamente exportados fuera del territorio fiscal español y para ello deberá presentarse la siguiente documentación (justificante de que los productos han sido fabricados o adquiridos con impuestos especiales ya satisfechos; prueba de la salida efectiva del producto del territorio aduanero de la Unión (documento aduanero de exportación) y la factura de venta o documento equivalente). La solicitud debe presentarse dentro del plazo establecido reglamentariamente (la solicitud deberá presentarse durante los siete primeros días del mes siguiente desde la fecha de exportación). Por tanto cabe afirmar que la persona que va a trasladar su residencia a Japón podrá incluir las botellas de vino y ron junto con sus enseres personales sin limitación alguna respecto al número de botellas y podrá solicitar la devolución de los impuestos especiales satisfechos si cumple con los requisitos establecidos.