Las dietas por gastos de locomoción exigen probar la realidad del desplazamiento

Así de claro lo ha dejado el Tribunal Supremo en su sentencia de 20 de octubre de 2010. En concreto, señalaba el Tribunal, que la obligación de probar la realidad de los desplazamientos se exigía por el RD 1841/1991 (Rgto IRPF) tanto si se retribuía por la empresa al trabajador específicamente el gasto [art. 4.2.a)] como si la retribución se satisfacía mediante una retribución global específica [art. 4.2.b)], por lo que la interpretación que defiende la recurrente (que hay que interpretar el requisito de la acreditación de la realidad de los desplazamientos como una acreditación global de la necesidad de los mismos) no puede ser compartida, pues una cosa era la retribución global específica a que se refería el precepto que no requería la justificación documental del gasto realizado, y otra muy distinta la justificación de la realidad del desplazamiento, que obligaba acreditar el lugar del desplazamiento y el día, la razón del mismo y el nombre del empleado, requisito que no podía ser salvado por las funciones que en el caso de autos tenían encomendadas los empleados, ante la claridad del precepto.

 

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