Una vuelta de tuerca a la interpretación europea de la cláusula antiabuso de la «Directiva de Fusiones»: ¿Hacia motivos económicos válidos de «Alto Voltaje»?

El presente trabajo analiza las principales implicaciones derivadas de la Sentencia del TJUE (Sala Quinta) de 10 de noviembre de 2011, C-126/10, Foggia-SGPS, sobre la cláusula antiabuso [art. 11.1 a)] de la Directiva 90/434/CEE de fusiones, escisiones, aportaciones y canjes de activos. A través de este pronunciamiento, el TJUE revisita la interpretación del alcance del test de motivo económico válido en el contexto de la referida cláusula antiabuso, llegando a mantener que el ahorro de los costes estructurales resultantes de los gastos administrativos y de gestión derivados de una reestructuración o una racionalización de un grupo no constituye en todo caso un motivo económico válido que excluya la presunción de fraude o evasión fiscal recogida en el artículo 11.1 a) de la Directiva de Fusiones, considerando las circunstancias del caso (el carácter marginal de los motivos económicos, la presencia de significativas ventajas fiscales e indicios de fraude o evasión fiscal). El TJUE adopta una posición de tendencia «sustancialista» que le lleva a ponderar los efectos jurídico-económicos de la reestructuración con otros objetivos de la reorganización (aprovechamiento de ventajas fiscales), en un contexto donde existen indicios de fraude o evasión fiscal.

Palabras clave: Directiva de Fusiones, reorganizaciones empresariales, motivo económico válido, cláusulas antiabuso y Derecho de la UE.

 

José Manuel Calderón Carrero
Catedrático de Derecho Financiero y Tributario.
Universidad de La Coruña

Sumario

I. Introducción.

II. Antecedentes y cuestión planteada.

III. Exposición de la jurisprudencia del TJUE en el asunto Foggia, y comentarios en relación con la misma.

  1. Sobre la competencia del TJUE para enjuiciar una cuestión prejudicial relativa a una operación de fusión no transfronteriza.
  2. Doctrina del TJUE sobre el fondo del asunto: la interpretación del test de motivos económicos válidos.
  3. Sobre el concepto de abuso empleado por el TJUE.
  4. La clarificación de la sentencia Foggia sobre el test de motivos económicos válidos.
  5. El problema del motivo fiscal y la cláusula antiabuso de la Directiva de Fusiones.
  6. Alcance de la «regla» de ponderación relativa entre el motivo económico válido y la ventaja fiscal.

IV. Una reflexión final sobre la jurisprudencia del TJUE en el caso Foggia en el marco de la normativa española que transpone la Directiva de Fusiones.

  1. La interpretación europea de la normativa española que transpone la Directiva de Fusiones.
  2. Un apunte sobre la doctrina administrativa en torno al artículo 96.2 del TRLIS.
  3. Ideas finales: sobre la necesidad de mejorar los niveles de seguridad jurídica en la aplicación de la cláusula antiabuso de la Directiva de Fusiones.

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Revista de Contabilidad y Tributación. CEF (RCyT. CEF) Núm. 347 (febrero 2012)