Las estaciones de servicio no pueden solicitar la devolución del IVMDH al no ser ni sujeto pasivo del mismo ni consumidor final

La misma cuestión que ahora se debate ha sido recientemente resuelta por el Tribunal Supremo, precisamente al resolver un recurso de casación interpuesto por el Abogado del Estado contra una de las sentencias de esta Sala (Vid., STSJ de Madrid de 29 de mayo de 2017, recurso n.º 120/2017) que daba la razón a los recurrentes. En la STS de 17 de julio de 2018, recurso n.º 3960/2017  se estima el recurso interpuesto por el Abogado del Estado y se concluye que las estaciones de servicio como la aquí recurrente no pueden solicitar la devolución de ingresos indebidos por este impuesto al no ser ni sujeto pasivo del mismo ni consumidor final, por lo que procede declarar que eran ajustadas a Derecho las decisiones administrativas recurridas por las que se denegó a la estación de servicio recurrente la solicitud de devolución de las cuotas satisfechas por el IVMDH.

(Tribunal Superior de Justicia de Madrid,  de 31 de octubre de 2018, recurso n.º 115/2018)