Extremadura reanuda los plazos de los procedimientos administrativos

Extremadura levanta la suspensión de los plazos administrativos. Infografía de una fusión de flechas blancas sobre fondo azul

Se acuerda el levantamiento de la suspensión de los plazos administrativos.

En el Diario Oficial de Extremadura se ha publicado el Decreto 25/2020, de 15 de mayo, por el que se acuerda el levantamiento de la suspensión de términos e interrupción de plazos administrativos establecida en la disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, el día 18 de mayo de 2020.

Se procede a levantar la suspensión de términos y la interrupción de los plazos de los procedimientos que se relacionan en el anexo de este decreto, por ser indispensables para la protección del interés general o para el funcionamiento básico de los servicios. La razón que justifica el levantamiento de la suspensión de términos y la interrupción de los plazos de referidos procedimientos es que los mismos se encuentran relacionados con planes o proyectos que tienen carácter estratégico y se enmarcan en algunos de los ejes fundamentales de desarrollo económico de la Comunidad Autónoma de Extremadura.