Fecha de referencia para determinar el régimen jurídico aplicable a la potestad de comprobación de la Administración sobre ejercicios prescritos

La fecha de referencia para determinar el régimen jurídico aplicable a la potestad de comprobación de la Administración sobre ejercicios prescritos no es la de las actuaciones de comprobación o inspección sino la fecha en que tuvieron lugar los actos, operaciones y circunstancias que se comprueban.

De este modo, al resultar aplicable en el ejercicio 2002 la Ley 230/1963 (LGT), la Administración no puede comprobar los actos, operaciones y circunstancias que tuvieron lugar en ejercicios tributarios prescritos (2002), anteriores a la entrada en vigor de la Ley 58/2003 (LGT) con la finalidad de extender sus efectos a ejercicios no prescritos, siendo indiferente, a estos efectos, que la comprobación se desarrolle bajo la Ley 58/2003 (LGT), debiéndose por tanto estimar las pretensiones actoras al respecto.

(TEAC, de 24-05-2022, RG 5175/2019)