Álava: Ampliación del supuesto de la dación en pago

Mediante la Norma Foral 7/2014, de 26 de febrero, publicada en el Suplemento  Boletín Oficial de Alava del hoy, 10 de marzo de 2014, se modifica la Norma Foral 46/1989, de 19 de julio, del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, con el fin  de ampliar el supuesto de hecho introducido por la Norma Foral 7/2012, de 23 de abril, de modificación de la Norma Foral 46/1989, de 19 de julio, del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, por el que se estableció que en las transmisiones de terrenos como consecuencia de la ejecución hipotecaria de la vivienda habitual, tendría la consideración de sujeto pasivo sustituto del contribuyente la persona física o jurídica, o la entidad, adquirente del terreno, impidiéndose, en estos casos, a dicho sustituto repercutir la obligación tributaria satisfecha. Mediante esta modificación, se incluye en  el supuesto de la dación en pago de la vivienda previsto en el RDLey  6/2012, de 9 de marzo, para que tenga la consideración de sujeto pasivo sustituto del contribuyente la entidad adquirente del inmueble, impidiéndose, igualmente en estos casos, a dicho sustituto repercutir la obligación tributaria satisfecha.

Con esta medida, la Diputación Foral de Álava pretende paliar en la medida de lo posible los efectos no deseados de la crisis. Una importante consecuencia de la crisis, sobrevenida, no debemos olvidarlo, inmediatamente a continuación de la llamada burbuja inmobiliaria, ha sido y sigue siendo el incremento de los casos de desahucio por no poder hacer frente al pago de la hipoteca. En muchos casos, la entrega de la vivienda resulta insuficiente para liberar del pago a la persona deudora, que debe de esta manera continuar haciendo frente a una parte de la deuda e incluso debe hacer frente a las posibles obligaciones tributarias derivadas de esta situación, en concreto, en el ámbito del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana y del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.