La determinación del periodo de generación de la plusvalía en el IIVTNU y su incidencia sobre el incremento de valor sometido a gravamen

El presente comentario tiene por objeto analizar la incidencia que adquiere en el IIVTNU la determinación del periodo de generación de la plusvalía y el hecho de que el incremento de valor sometido a gravamen por el citado impuesto no sea el real, sino el derivado de las reglas previstas para el cálculo de la base imponible, gravándose en consecuencia unos hechos que no son indicativos de la existencia de una verdadera capacidad económica, y situándose la fundamentación del gravamen por el citado impuesto, no ya en el citado principio constitucional tributario, sino en la presunta existencia de una riqueza que, en realidad, resulta ser inexistente o ficticia.

Palabras claves: IIVTNU, periodo de generación de la plusvalía, fecha de adquisición, fecha de transmisión, incrementos de valor o minusvalías reales y capacidad económica.

Juan Calvo Vérgez
Profesor Titular de Derecho Financiero y Tributario.
Universidad de Extremadura

Sumario

  1. Consideraciones generales
  2. La Sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Cuenca de 21 de septiembre de 2010 y sus consecuencias
  3. Reflexiones finales

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Revista de Contabilidad y Tributación. CEF (RCyT. CEF) Núm. 373 (abril 2014)