Sociedades civiles profesionales, ¿tributan en el impuesto sobre sociedades o los socios a través del régimen de atribución de rentas del IRPF?

El presente trabajo analiza, desde una perspectiva crítica, la actual regulación del sujeto pasivo contribuyente en el impuesto sobre sociedades, llevada a cabo en el artículo 7.1 a) de la LIS; y, concretamente, la inclusión de las sociedades civiles con objeto mercantil en la órbita de dicho impuesto.
La vigente regulación puede plantear problemas de reserva de ley tributaria y de posible trato discriminatorio, habida cuenta de la incertidumbre interpretativa que viene generando el aserto de sociedad civil con objeto mercantil y, por ende, el de sociedad civil profesional.

Palabras claves: impuesto sobre sociedades; contribuyente; personalidad jurídica; sociedad civil; sociedad profesional; objeto mercantil; reserva de ley; principio de igualdad.

Claudio García Díez
Abogado
Doctor en Derecho
Profesor de la UDIMA

Sumario

I. Planteamiento y alcance constitucional del problema
II. La tributación en el impuesto sobre sociedades no es una opción tributaria
III. Las sociedades civiles con objeto mercantil
IV. Las sociedades civiles profesionales
V. La exclusión del impuesto sobre sociedades de las sociedades civiles de farmacia y notaría
VI. La tributación de los socios personas físicas de las sociedades civiles con objeto mercantil
VII. Conclusión

Referencias bibliográficas

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Revista de Contabilidad y Tributación. CEF (RCyT. CEF) Núm. 424 (julio 2018)