La aplicación del artículo 89 del TRLIS en el Régimen Especial de Fusiones y Escisiones. En torno a la participación en el capital de la entidad transmitente y de la entidad adquirente

El presente trabajo tiene por objeto analizar, dentro del ámbito del régimen especial de fusiones y escisiones previsto al efecto en el TRLIS, la cuestión relativa a las participaciones en el capital de la entidad transmitente y de la entidad adquirente, objeto de regulación en el artículo 89 del citado texto legal. A tal efecto son objeto de estudio, entre otras cuestiones, las relativas al régimen fiscal aplicable tanto a la renta producida por la anulación de la participación que la entidad transmitente tuviese en la entidad adquirente, como a aquella otra renta derivada de la anulación de la participación que la entidad adquirente tuviese en la entidad transmitente. Todo ello sin perjuicio del análisis de otras cuestiones especialmente conflictivas como, por ejemplo, la referente a la compensación de las bases imponibles negativas.

Palabras clave: Impuesto sobre Sociedades, fusiones, escisiones, régimen especial, entidad transmitente, entidad adquirente, participaciones, anulación y porcentaje de participación.

 

Juan Calvo Vérgez
Profesor Titular de Derecho Financiero y Tributario.
Universidad de Extremadura

Sumario

I. Introducción.

II. Tratamiento fiscal de la renta producida por la anulación de la participación que la entidad transmitente tuviese en la entidad adquirente.

III. Renta derivada de la anulación de la participación que la entidad adquirente tuviese en la entidad transmitente.

  1. Supuestos en los que la participación resulta ser igual o superior al 5 por 100.
  2. Supuestos en los que el porcentaje de participación resulta inferior al 5 por 100.
  3. Recapitulación.

IV. Análisis de la sucesión en derechos y obligaciones.

V. Alcance de la compensación de bases imponibles negativas.

 

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Revista de Contabilidad y Tributación. CEF (RCyT. CEF) Núm. 347 (febrero 2012)