Impuestos cibernéticos

Muchos sectores de la economía están siendo sometidos a fuertes procesos de disrupción y cambio producidos por el factor tecnológico y la mejora susceptible del modelo de negocio reinante en cada sector. Con los cambios marcados en el modelo de negocio surgen variaciones en la organización empresarial que hacen que el sistema tributario de la economía industrial se haya quedado prácticamente obsoleto en la era digital.

La digitalización y la revolución tecnológica, que algunos denominan la 4.ª revolución industrial, ha supuesto la ocasión perfecta para revisar los modelos de negocio reinantes en los diferentes sectores de la actividad económica, y optimizar aquellos puntos del modelo de negocio que, o bien descuidaban aspectos esenciales en la prestación del servicio o características del producto ofrecidos, de cara al consumidor final, o bien estos eran susceptibles de mejora ostensible.

De este modo se han consolidado multitud de cambios en sectores tan diversos como el transporte de pasajeros privado, la compra en grandes superficies o el turismo y la hostelería.

Ello lleva aparejado unos cambios igual de importantes en la tributación de este tipo de actividades, que, bien están deslocalizadas por tratarse de un espacio digital donde se perfeccionan los contratos, bien ponen en jaque el orden fiscal establecido de modo que no se sabe quién es el obligado tributario o incluso si hay hecho imponible.

La fiscalidad del comercio electrónico o la inversión del sujeto pasivo en IVA en las operaciones de prestación de servicios electrónicos y digitales son buenos ejemplos de lo antedicho.

Otra área de vital conocimiento de esta revolución digital es la fiscalidad de las llamadas startups, empresas de nueva creación con carácter disruptivo generalmente basadas en un fuerte componente tecnológico. Aquí hay que estudiar desde los aspectos fiscales de las deducciones por innovación hasta los mercantiles de las uniones de talento y capital con estos fines.

Las criptomonedas o el desarrollo del blockchain, junto con los expuestos retos de la economía colaborativa, son otras de las cuestiones cuya vertiente fiscal debe ser estudiada, por no mencionar la fiscalidad de la robótica, que abre un sinfín de elucubraciones para los técnicos fiscalistas.

Curso sobre Fiscalidad de la Economía Digital

Si lugar a dudas se trata de nuevas oportunidades para los asesores fiscales no ya de destacarse entre sus competidores, sino también de no perder la estela de sus clientes que avanzan a pasos agigantados y no esperan a su abogado para que se actualice.

También es una ocasión de empleo para que los nuevos licenciados se especialicen en las parcelas más novedosas de la actividad empresarial, algunas de los cuales aún están por nacer.

El CEF.- ha preparado, con el fin de cubrir esta carencia de cursos de esta temática, su Curso sobre Fiscalidad de la Economía Digital.

Ricardo Seoane Royo
Abogado, asesor de compliance, estrategia e innovación