Períodos impositivos a los que debe imputarse las derramas de unas obras de reparación realizadas en varios inmuebles

El caso analizado por la DGT consiste en el pago de unas obras de reparación de la fachada de varios inmuebles que se va a efectuar en tres periodos impositivos, mediante derramas mensuales a la comunidad de propietarios.

Para saber el período impositivo al que procede imputar los pagos, se hace preciso acudir a la regla general de imputación temporal del art. 14.1 Ley 35/2006 (Ley IRPF), por lo que en caso de que se correspondan con obras de reparación y conservación, la imputación de los pagos efectuados corresponderá realizarla a los períodos impositivos en que el gasto sea exigible por quien haya de percibirlo.

(DGT, de 28-02-2019, V0427/2019)