Efectos tributarios de vender la vivienda por tu cuenta, aun habiendo firmado un contrato de exclusividad con una inmobiliaria

En el supuesto de hecho analizado en esta consulta, la propietaria de un inmueble incumple el contrato de exclusividad firmado con una inmobiliaria y procede a la venta de su vivienda por su cuenta. La inmobiliaria demanda a la propietaria por incumplimiento de contrato y la propietaria es condenada al pago de 9.360 euros, cantidad que le es embargada de su cuenta bancaria por orden judicial.

Con carácter general, los importes cobrados a los propietarios por las inmobiliarias por sus labores de gestión en la venta de inmuebles tienen la consideración de gastos inherentes a la transmisión, por lo que desde tal consideración son deducibles del valor de transmisión.

En el caso de incumplir la cláusula de exclusividad contenida en el contrato suscrito con la inmobiliaria, el importe total embargado judicialmente a la propietaria se corresponde con los honorarios de la inmobiliaria y su incidencia tributaria se produce a través de la minoración de dicha cuantía como gasto del valor de transmisión para determinar el importe de la ganancia o pérdida patrimonial obtenida por la transmisión del inmueble.

(DGT, de 10-09-2018, V2413/2018)