Informe nº 4 de la Comisión Consultiva sobre conflicto en la aplicación de la norma: Retenciones a cuenta del IRNR sobre intereses satisfechos a una entidad holandesa del Grupo

informe 4 AEAT. Imagen del logotipo de la Agencia Tributaria

La Agencia Tributaria ha publicado en su página web el cuarto supuesto en que se fija criterio administrativo sobre conflicto en la aplicación de la norma, cuya realización por parte del contribuyente dará lugar a las infracciones previstas en el artículo 206 bis de la Ley 58/2003, General Tributaria, de 17 de diciembre, introducido por la Ley 34/2015, de 21 de septiembre.

La denominación de este informe será “Conflicto nº 4. Retenciones a cuenta del Impuesto sobre la Renta de No Residentes sobre intereses satisfechos a una entidad holandesa del Grupo".

El informe declara que concurren las circunstancias establecidas en el artículo 15.1 de la Ley General Tributaria en relación con las operaciones de retenciones a cuenta del Impuesto sobre la Renta de No Residentes derivados del pago de intereses financieros por un préstamo recibido de una sociedad holandesa perteneciente al mismo Grupo que el obligado tributario, limitándose los efectos fiscales que deben ser regularizados a la exigencia de la retención aplicable en el CDI con EEUU en los períodos objeto de comprobación.

Fuente: AEAT (16/12/2021)