El Consejo de la UE alcanza un acuerdo provisional sobre normas simplificadas en IVA para las pequeñas empresas

Impuestos Especiales. Imagen de banderas europeas

El Consejo ha acordado hoy una orientación general sobre una nueva simplificación de las normas del IVA aplicables a las pequeñas empresas.

La finalidad de las nuevas normas es reducir la carga administrativa y el coste de cumplimiento de la normativa para las pequeñas empresas y contribuir a crear un marco fiscal que ayude a estas a crecer y comerciar en otros países de un modo más eficiente.

Crear una nueva empresa es una tarea difícil. La función de la normativa es ayudar a los emprendedores y a las empresas emergentes, y no añadir obstáculos en su camino. Esta reforma introduce en el actual sistema del IVA una simplificación muy necesaria para las pequeñas empresas y una franquicia del impuesto aplicable en toda la UE, creando así unas condiciones de competencia equitativas.
Mika Lintilä, ministro de Hacienda de Finlandia

Las empresas tienen obligaciones administrativas respecto del IVA y actúan como recaudadoras del impuesto, lo cual les impone unos costes de cumplimiento que son proporcionalmente superiores para las pequeñas empresas que para las de mayor tamaño. En el sistema del IVA vigente, únicamente las empresas nacionales pueden acogerse a la franquicia del IVA para las pequeñas empresas. La reforma acordada hoy permitirá aplicar una franquicia del IVA similar a las pequeñas empresas establecidas en otros Estados miembros: uno de los factores determinantes para poder acogerse a ella será el volumen de negocios generado en un año determinado.

Las normas actualizadas mejorarán también la configuración de la franquicia, contribuyendo así a reducir los costes de cumplimiento de la normativa del IVA. La reforma brindará también la oportunidad de fomentar el cumplimiento voluntario, y contribuirá por tanto a reducir las pérdidas de ingresos debidas al incumplimiento y al fraude en el IVA.

El texto prevé que las pequeñas empresas puedan acogerse a normas simplificadas en materia de IVA si su volumen de negocios anual es inferior al umbral establecido por el Estado miembro interesado, que no puede exceder de 85.000 euros. En ciertas condiciones, las pequeñas empresas de otros Estados miembros que no superen ese umbral podrán acogerse también al régimen simplificado, siempre que su volumen de negocios anual total en el conjunto de la UE no exceda de 100.000 euros.

En concreto, las normas acordadas constan de dos componentes principales:

  • modificaciones de la Directiva sobre el IVA encaminadas a revisar y simplificar las normas sobre la franquicia del IVA para las pequeñas empresas, de modo que estas puedan acogerse a la franquicia en toda la UE;
  • modificaciones del Reglamento relativo a la cooperación administrativa en el ámbito del IVA destinadas a mejorar la cooperación administrativa entre las administraciones tributarias en lo que se refiere a la aplicación de las nuevas normas del IVA para las pequeñas empresas.

Siguientes etapas

En principio, estas normas serán adoptadas formalmente por el Consejo sin más debate una vez que se haya realizado la formalización jurídico-lingüística del texto.

Fuente: Consejo de la UE (11/11/2019)