Justificante de levante para duas de importación, dvd y exportación

Justificante de levante para duas de importación, dvd y exportación

Informa la AEAT que a partir del próximo 7 mayo de 2012 se generará el justificante de levante en formato PDF para la totalidad de duas de importación, DVD y exportación que cumplan las condiciones para el levante. Asimismo el documento que se generaba hasta ahora como justificante de levante de los DUAs de importación y exportación de particulares grabados mediante formulario se adaptan a este nuevo modelo de justificante.

Este justificante será consultable en la Sede Electrónica de la A.E.A.T. -> mis expedientes.

¿Cuando se realizará el justificante de levante?

a) Para dua de importación:

  • Cuando el dua se encuentre totalmente despachado y se permita el levante: despacho con garantías o despacho + pago de la deuda para los que son de pago previo. 
  • En caso de duas – Vexcan: cuando en ambas administraciones A.E.A.T. y A.T.C. el dua se encuentre totalmente despachado.

b) Para DVD:

  • Cuando el DVD se encuentre despachado.
  • Para DVD-Vexcan, cuando en ambas administraciones se encuentre totalmente despachado.

c) Para exportación:

  • Cuando la exportación se encuentre despachado.
  • Para Exportación-Vexcan, cuando en ambas administraciones se encuentre totalmente despachado.

Fuente: AEAT.