Legalidad y proporcionalidad de las sanciones tributarias

El artículo 178 de la Ley General Tributaria enumera los principios del Derecho tributario sancionador, entre ellos, los de legalidad y proporcionalidad. Dichos principios se aplican de forma diferente al resto de normas jurídicas, pues tan solo son susceptibles de un cumplimiento gradual. El diseño del actual régimen de infracciones y sanciones tributarias conlleva que el principio de proporcionalidad haya sido subsumido por el de legalidad, al haber desaparecido los límites, máximo y mínimo, para aplicar los criterios de graduación de las sanciones tributarias. Cuando la aplicación del citado régimen legal conduzca a una sanción desproporcionada, entra en juego el principio de proporcionalidad que será considerado como un posterius.

Palabras clave: legalidad, tipicidad, proporcionalidad, principios e interpretación.

 

Carlos David Delgado Sancho
Inspector de Hacienda del Estado.

Sumario

  1. Introducción.
  2. El principio de legalidad.
  3. El principio de proporcionalidad.

     

PDF FilePuede adquirir este documento en la página web ceflegal.com

Revista de Contabilidad y Tributación. CEF (RCyT. CEF) Núm. 334 (enero 2011)