El legatario imputará rentas inmobiliarias respecto del porcentaje de titularidad que tiene sobre la vivienda heredada

Un propietario de varios inmuebles falleció dejando a su nieto el legado del 50% de una de sus viviendas, el cual aún no ha sido entregado porque los herederos mantienen un conflicto entre ellos al no aceptar la herencia e iniciando un procedimiento judicial de partición de herencia. Se trata del legado del 50% de un inmueble urbano que no constituye su vivienda habitual ni se encuentra arrendado ni afecto a actividades económicas. Corresponderá al legatario la imputación de rentas inmobiliarias por el 50 por 100 del inmueble legado (cosa específica y determinada de la propiedad del testador) en cuanto es titular de esa parte desde el fallecimiento del causante.

(DGT, de 09-06-2022, V1320/2022)