Ley del IRPF: seguros colectivos de dependencia

En materia del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y con entrada en vigor el 1 de enero de 2013, la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social, introduce en la Ley del mencionado impuesto (Ley 35/2006, de 28 de noviembre), diversas modificaciones para incorporar en el texto legal y dentro del régimen financiero y fiscal de los seguros de dependencia a los seguros colectivos de dependencia efectuados de acuerdo con lo previsto en la disposición adicional primera del Texto Refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones. Las primas satisfechas por la empresa en virtud de estos contratos de seguro e imputadas al trabajador pueden ser objeto de reducción en la base imponible general, estableciéndose  un límite de reducción propio e independiente de 5.000 euros anuales.