Murcia, mediante la Ley de Presupuestos de 2023, favorece fiscalmente a las familias numerosas y a las personas con discapacidad

Medidas fiscales Murcia. Bandera de la Región de Murcia

Las modificaciones se realizan en IRPF, ITP y AJD e IP.

En el Boletín Oficial de la Región de Murcia se ha publicado el día 31 de diciembre la Ley 12/2022, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2023. La misma contiene modificaciones en el ámbito tributario que se realizan se exponen a continuación. Además, todas ellas tienen como fecha de entrada en vigor el día 1 de enero de 2023.

IRPF

Deducción autonómica para contribuyentes con discapacidad

Se modifica esta deducción, de modo que los contribuyentes que tengan acreditado un grado de discapacidad igual o superior al 33% tendrán derecho a aplicar en la cuota íntegra autonómica una deducción mayor, 120 euros, ya no 100.

Deducción por adquisición de nueva vivienda habitual o ampliación de la vivienda habitual actual por familias numerosas

Se crea esta nueva deducción aplicable a los contribuyentes con residencia habitual en la Región de Murcia que sean miembros de una familia que tenga la condición legal de familia numerosa. Es una deducción en la cuota íntegra autonómica del 10% de la cantidad destinada a la adquisición de una nueva vivienda habitual, siempre que se cumplan las siguientes condiciones:

a) Que la adquisición tenga lugar dentro de los 5 años siguientes a la fecha en que la familia del sujeto pasivo haya alcanzado la consideración legal de numerosa o, si ya lo fuese con anterioridad, en el plazo de los 5 años siguientes al nacimiento o adopción de cada hijo. b) Que dentro del plazo de 5 años desde la adquisición de la nueva vivienda habitual se proceda a la venta de la anterior, o a la ampliación de la misma.
c) Que la superficie útil de la vivienda adquirida sea superior en más de un 10% a la superficie útil de la anterior vivienda habitual.

La base máxima de la deducción es de 5.000 € anuales y se podrá aplicar por un período máximo de quince años a partir del ejercicio en el que se lleve a cabo la adquisición de la vivienda o del inmueble destinado a la ampliación de la vivienda.

ITP y AJD

-Modalidad transmisiones patrimoniales onerosas

Para las transmisiones de bienes inmuebles por parte de sujetos pasivos que tengan la consideración legal de familia numerosa, ya no es necesario que se consigne expresamente en el documento público el destino de ese inmueble a vivienda habitual. Igualmente, cuando las transmisiones se realicen por sujetos pasivos de edad inferior o igual a 35 años o sujetos pasivos con un grado de discapacidad igual o superior al 65%.

-Modalidad actos jurídicos documentados

En el caso de primeras copias de escrituras públicas que documenten la adquisición de viviendas por sujetos pasivos de 35 años o menores, ya no es necesario que dicho destino se haga constar expresamente en el documento público que formalice la adquisición. Igualmente, cuando las adquisiciones se realicen por sujetos pasivos que tengan la consideración legal de familia numerosa o por sujetos pasivos con un grado de discapacidad igual o superior al 65%.

IP

En relación con los devengos del impuesto sobre el patrimonio que se produzcan en fecha 31 de diciembre de 2023, el mínimo exento se fija en 3.700.000 euros.

MUNICIPIO DE LORCA

Con el fin de seguir contribuyendo a la minoración de los efectos de los terremotos acaecidos en la ciudad de Lorca, se amplía la vigencia temporal de los beneficios fiscales aprobados en la Ley 5/2011, de 26 de diciembre, extendiéndose los mismos al ejercicio 2023.