Método de estimación objetiva del IRPF y régimen simplificado del IVA para 2021

Proyecto de Orden de estimación objetiva del IRPF y régimen simplificado del IVA para 2021. Imagen de un bar

Se ha publicado Proyecto de Orden por la que se desarrollan para el año 2021 el método de estimación objetiva del IRPF y el régimen especial simplificado del IVA

La presente Orden mantiene la estructura de la Orden HAC/1164/2019, de 22 de noviembre, por la que se desarrollan para el año 2020 el método de estimación objetiva del IRPF y el régimen especial simplificado del IVA.

En relación con el IRPF:

  • Se mantienen para el ejercicio 2021 la cuantía de los signos, índices o módulos, así como las instrucciones de aplicación.
  • Se mantiene la reducción del 5 por ciento sobre el rendimiento neto de módulos derivada de los acuerdos alcanzados en la Mesa del Trabajo Autónomo.

Por lo que se refiere al IVA:

  • Se mantienen para 2021 los módulos, así como las instrucciones para su aplicación, aplicables en el régimen especial simplificado en el año inmediato anterior.
  • Por último, se mantiene para este período la reducción sobre el rendimiento neto calculado por el método de estimación objetiva del IRPF y sobre la cuota devengada por operaciones corrientes del régimen especial simplificado del IVA para las actividades económicas desarrolladas en el término municipal de Lorca.

Fuente: Ministerio de Hacienda (13/11/2020)