Se publica en el BOE el modelo 718 «Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas»

Se aprueba el modelo 718 Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas y determina el lugar, forma y plazos presentación. Imagen del pdf del modelo 718

Se determina también el lugar, forma y plazos de su presentación y las condiciones y el procedimiento para su presentación

La Orden HFP/587/2023, de 9 de junio (BOE de 12 de junio), aprueba el modelo 718 «Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas», y determina el lugar, forma y plazos de su presentación, las condiciones y el procedimiento para su presentación.

La referida Orden entra en vigor el 13 de junio y será de aplicación por primera vez al modelo 718, «Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas» correspondiente al ejercicio 2022, cuyo plazo de presentación de la declaración será el comprendido entre los días 1 y 31 de julio, sin perjuicio del plazo para la domiciliación bancaria del pago de la deuda  establecido en el anexo I de la Orden EHA/1658/2009, de 12 de junio, que está establecido para estos casos, desde el día 1 hasta el día 26 del mes de julio.

La declaración del «Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas» se presentará de forma obligatoria por vía electrónica a través de internet [art. 2 a) de la Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre].