Modificado el Impuesto de Sociedades para potenciar el mercado alternativo de renta fija

 Modificado el Impuesto de Sociedades para potenciar el mercado alternativo de renta fija

  • Facilita la financiación de las empresas a través de la renta fija y equipara el tratamiento en materia de retenciones con el de los mercados regulados.

El Consejo de Ministros ha modificado el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades a fin de potenciar el Mercado Alternativo de Renta Fija (MARF). Este Mercado se configura como un sistema multilateral de negociación creado de conformidad con lo previsto la Ley del Mercado de Valores, del 28 de julio de 1988, con la finalidad de facilitar la financiación de las empresas españolas a través de la renta fija.

La medida equipara el tratamiento de los activos financieros negociados en el MARF con aquellos negociados en los mercados regulados, en materia de retenciones, y establece la exoneración de retención a las rentas obtenidas por los sujetos pasivos de Sociedades como consecuencia de la adquisición de activos financieros en el referido mercado.

De esta manera, no existirá obligación de retener las rentas obtenidas por los sujetos pasivos de Sociedades procedentes de activos financieros, que se negocien en mercado secundario oficial o en un mercado secundario organizado aunque no oficial como es el MARF.

La exención de la obligación de retención favorece la inversión por parte de inversores y facilita que las empresas españolas de mediano tamaño puedan financiarse a través de la emisión de obligaciones, con menores requisitos que en los mercados regulados, en un contexto de fuertes restricciones al crédito bancario.

Fuente: La Moncloa

 

Esta modificación se ha llevado a cabo a través del Real Decreto 633/2013, de 2 de agosto, por el que se modifican el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto 1777/2004, de 30 de julio y el Real Decreto 764/2010, de 11 de junio, por el que se desarrolla la Ley 26/2006, de 17 de julio, de mediación de seguros y reaseguros privados en materia de información estadístico-contable y del negocio, y de compentencia profesional (BOE de 31 de agosto).