Modificado el Reglamento de la Junta Arbitral del Convenio Económico entre el Estado y Navarra

Modificado el Reglamento de la Junta Arbitral del Convenio Económico entre el Estado y Navarra

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que modifica el Reglamento de la Junta Arbitral prevista en el Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra, aprobado por otro Real Decreto de 24 de marzo de 2006.

La Junta Arbitral es el órgano encargado de resolver las discrepancias y conflictos entre la Administración General del Estado y la Comunidad Foral de Navarra, o entre esta última y otra Comunidad Autónoma, sobre la aplicación de los puntos de conexión de los tributos convenidos, la interpretación y aplicación del Convenio a casos concretos o respecto a la domiciliación de contribuyentes.

La modificación del Reglamento de la Junta Arbitral tiene un carácter fundamentalmente técnico y deriva de la necesidad de adaptarlo a las modificaciones que se introducen en los artículos 43 y 67 de la Ley de 2015 del Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra, así como de actualizar determinadas referencias a órganos administrativos que han sido modificados.

Principales modificaciones

En concreto, el Real Decreto prevé la ampliación de dos a cuatro meses del plazo de tramitación del procedimiento de cambio de domicilio previsto en el Convenio.

Asimismo, se agiliza la regulación del planteamiento del conflicto ante la Junta Arbitral en los supuestos de falta de acuerdo para la resolución de consultas que se planteen sobre la aplicación de los puntos de conexión.

Además, se amplía el plazo general de quince días hábiles a un mes para el planteamiento del conflicto, al igual que para formular alegaciones en el trámite de puesta de manifiesto del expediente.

Finalmente, el Real Decreto incluye en el texto del Reglamento de la Junta Arbitral otras modificaciones que se consideran adecuadas para mejorar el funcionamiento de la misma y actualiza las referencias del mismo a los órganos, tanto de la Administración General del Estado como de la Comunidad Foral de Navarra, que han modificado su denominación.

Fuente: LA MONCLOA (26/05/2017)

Las modificaciones que se acaban de describir se han materializado en el Real Decreto 530/2017, de 26 de mayo, por el que se modifica el Reglamento de la Junta Arbitral prevista en el Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra, aprobado por el Real Decreto 353/2006, de 24 de marzo (BOE de 27 de mayo y en vigor el día 28 de mayo).