Navarra prorroga las medidas adoptadas en materia de fiscalidad energética y del tipo impositivo del IVA de productos para combatir la COVID-19 hasta el 31 de diciembre de 2022

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Navarra prorroga hasta el 31 de diciembre de 2022 la rebaja del tipo impositivo del IVA de la luz del 10% al 5% y se mantiene la reducción del Impuesto Especial sobre la Electricidad del 5,11269632% al 0,5% hasta el 31 de diciembre 2022 y la suspensión del Impuesto sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica durante el tercer y cuarto trimestres naturales del año 2022. También se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2022 la reducción del IVA al 4 por ciento de las mascarillas quirúrgicas desechables.

En el Boletín Oficial de Navarra de hoy, 27 de julio de 2022 se ha publicado el DECRETO FORAL LEGISLATIVO 4/2022, de 5 de julio, de Armonización Tributaria, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas en relación con el Impuesto sobre el Valor Añadido y con el Impuesto sobre el Valor de la Producción de la Energía Eléctrica, ya que en el territorio navarro en el ámbito de estos impuestos deben aplicarse las mismas normas sustantivas y formales vigentes en cada momento en territorio del Estado.

Mediante esta norma se incorporan al ordenamiento tributario de Navarra las medidas aprobadas por el Real Decreto-ley 11/2022, de 25 de junio, por el que se adoptan y se prorrogan determinadas medidas para responder a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica, y para la recuperación económica y social de la isla de La Palma, ha adoptado nuevas medidas tributarias y prorrogado la vigencia de otras ya acordadas en anteriores reales decretos leyes hasta el 31 de diciembre de 2022 en materia de fiscalidad energética y del tipo impositivo del IVA de productos para combatir la COVID-19.

Se modifica la regulación de la base imponible del IVPEE para prever cómo se debe calcular la misma cuando se realicen operaciones entre personas o entidades vinculadas. Así, el precio pactado entre las partes no podrá ser inferior al valor de mercado, determinado por aplicación de cualquiera de los métodos de valoración previstos en la normativa del Impuesto sobre Sociedades.

Asimismo, con efectos también hasta el 31 de diciembre de 2022, prorroga la aplicación del tipo del 4 por ciento del IVA a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de las mascarillas quirúrgicas desechables. Adicionalmente, prorroga la suspensión del IVPEE y modifica, congruentemente con esta nueva prórroga, el cómputo de la base imponible y de los pagos fraccionados regulados en la normativa del tributo. Finalmente, reduce del 10 al 5 por ciento el tipo impositivo del IVA que recae sobre todos los componentes de la factura eléctrica para los contratos cuyo término fijo de potencia no supere los 10 KW cuando el precio medio mensual del mercado mayorista en el mes anterior al de la facturación haya superado los 45euros/MWh; así como para los suministros efectuados a favor de los titulares de contratos de suministro de electricidad que sean perceptores del bono social y, además, tengan reconocida la condición de vulnerable severo o vulnerable severo en riesgo de exclusión social, con independencia del precio de la electricidad del mercado mayorista.