OBLIGATORIEDAD DE PRESENTACION RENTA
Enviado por angohi el Jue, 02/08/2007 - 08:54
Hola, me gustaria si es posible que alguien me contestara a mi siguiente duda:
Mi hija se ha comprado un piso, y el banco le pide la declaración de la renta,
a pesar de que en el ejercicio pasado solo tuvo dos trabajos eventuales, y sus
ingresos ni de lejos llegaron al minimo exigido por hacienda, para hacer la declaracion
obligatoria, la explicacion del gestor del banco es que al haber dos o más trabajos
de diferentes empresas es obligatorio hacer la declaración aunque, no se llegue a ese
minimo.
¿es esto cierto?, porque hemos consultado en una gestoria y nos dicen , que no , que no
existe obligación de declarar y estamos un poco confundidos.
Gracias anticipadas y saludos.
Forums:






Comunicación o IRPF
Cada año, en los meses de marzo y abril tienes que presentar Comunicación a la Agencia Tributaria para solicitar tu declaración de IRPF.
1.- NO OBLIGADO: Te envia tu declaración de IRPF que si es a devolver te devuelve y si es a ingresar dice que no hace falta que realices el ingreso, ya que no estás obligado ( pero tienes tu declaración de IRPF que puedes presentar al Banco como es tu caso).
2.- OBLIGADO: Te envia el Borrador de IRPF que si es a devolver tienes que confirmar y si es a ingresar tienes que realizar el pago en el Banco. ( también tienes en este caso tu declaración de IRPF para presentar como es tu caso)
De hecho, hasta el 2 de julio de 2.011 ( cuatro años) puedes presentar la declaración o solicitar un Certificado a la Agencia Tributaria conforme no estás obligado.
Saludos.
El límite de ingresos por
El límite de ingresos por rendimientos de trabajo para tener obligación de declarar es de 22.000 euros si proceden de 1 solo pagador.
Si hay más de 1 pagador, el límite es de 8.000 euros siempre y cuando la suma de ingresos del segundo y restantes pagadores superen los 1.000 euros.
Saludos