El cese del administrador puede probarse por cualquier medio (TS 14-06-2007)

Del Tribunal Supremo destacamos una importe sentencia, de 14 de junio de 2007, en materia de responsabilidad subsidiaria de los administradores, en la que el Tribunal, en recurso de casación para unificación de doctrina, se manifiesta en el sentido de que ha de admitirse, en el caso de cese en el cargo de administrador no inscrito en el Registro Mercantil, la prueba del cese por otros medios, por lo que si se acredita suficientemente esta circunstancia antes de la cesación en la actividad de la sociedad, el administrador debe quedar excluido de responsabilidad subsidiaria. (Sentencia publicada en Normacef Fiscal, NFJ025981, y en la Revista de Contabilidad y Tributación del CEF, núm. 293, Agosto-septiembre 2007).