La notificación al portero no es válida si es período de vacaciones (TSJ Comunidad Valenciana 20-09-2007)

También comentamos la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, de 20 de septiembre de 2007, en materia de notificaciones, en la que siguiendo la jurisprudencia del TS, que tiene declarado que es válida la notificación por medio de porteros en tanto en cuanto se pueda presumir que el destinatario pudo conocer el acto notificado y no en caso contrario, y atendida la fecha en que se intenta la notificación de autos (19 de julio de 2000), acreditada la ausencia de la interesada de su domicilio por vacaciones, en base al derecho de tutela efectiva declara que, en este específico caso, la notificación resultó defectuosa (sentencia publicada en Normacef Fiscal, NFJ027358, y en la Revista de Contabilidad y Tributación del CEF, núm. 300, Marzo 2008).