Nulidad de pleno derecho al iniciar indebidamente un procedimiento de verificación de datos

Análisis de la STS de 2 de julio de 2018, rec. núm. 696/2017

El Tribunal Supremo (TS) en esta sentencia fija criterio en relación con el empleo indebido de procedimientos de comprobación por la Administración tributaria, señalando que la utilización de un procedimiento de verificación de datos, cuando debió serlo de comprobación limitada, constituye un supuesto de nulidad de pleno derecho.
Si bien el órgano jurisdiccional fija esta doctrina respecto de un supuesto concreto, como el que se acaba de exponer, la fundamentación que subyace en el mismo es extrapolable a cualquier otro en el que concurran las circunstancias que se ponen de manifiesto en el que examina.
Ahora bien, la concurrencia de las condiciones que dan lugar a la nulidad del acto administrativo con el que se puso término al procedimiento inadecuado por el que optó la Administración tributaria no implica que debamos extenderlo más allá de los márgenes que el propio TS, en su jurisprudencia consolidada, ha establecido con anterioridad, pues la nulidad, como vicio esencial que hace desaparecer del mundo del derecho un acto administrativo, es una excepción que se da exclusivamente en los supuestos contemplados en el artículo 217 de la Ley general tributaria (LGT), debiendo interpretarse de manera restrictiva.
En este comentario de la sentencia del TS se analiza el supuesto de nulidad puesto de manifiesto en el caso concreto, y el alcance y efectos que tiene en el marco de los procedimientos tributarios.

Antonio Longás Lafuente
Inspector de Hacienda del Estado

Sumario

I. Supuesto de hecho

1. Delimitación entre el impuesto sobre el valor añadido y el concepto transmisiones patrimoniales onerosaS
2. Antecedentes de la sentencia comentada

II. Doctrina del tribunal

1. Cuestión de interés casacional
2. Fundamentación del tribunal supremo en la sentencia examinada

III. Comentario crítico

1. Alcance del procedimiento de verificación de datos
2. Efectos del vicio cometido por la administración al acudir a un procedimiento inadecuado

2.1. Nulidad del acto por inadecuación del procedimiento seguido por la Administración
2.2. El conocimiento previo, ab initio, de la inadecuación del procedimiento a seguir
2.3. Los efectos del procedimiento de verificación de datos y su trascendencia en la declaración de nulidad del acto administrativo

3. Nulidad y prescripción del derecho a liquidar por la administración tributaria
4. Revisión de oficio de liquidaciones derivadas de procedimientos de verificación de datos

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Revista de Contabilidad y Tributación. CEF (RCyT. CEF) Núm. 427 (octubre 2018)