El régimen de las operaciones vinculadas se aplica también a las Administraciones Públicas (AN 17-04-2008)

A ello se refiere la sentencia de la Audiencia Nacional de 17 de abril de 2008. Se pone de manifiesto en esta ocasión que el régimen de las operaciones vinculadas se aplica también a las Administraciones públicas y es que, el hecho de que intervenga una Administración pública, no otorga valor cierto a los bienes transmitidos; la presunción de veracidad de la valoración admite prueba en contrario (sentencia publicada en Normacef Fiscal, NFJ028652 y en la Revista de Contabilidad y Tributación del CEF, núm. 304, Julio 2008).