El cambio de domicilio ante la AEAT no afecta a los tribunales económico-administrativos (TS, 27-01-2009)

el Tribunal Supremo en su Sentencia de 27 de enero de 2009, nos dice que la notificación del cambio de domicilio realizada a la AEAT no surte efectos ante los órganos económico-administrativos (TEA) que deberán practicar las notificaciones en el domicilio declarado en cada procedimiento económico-administrativo. La AEAT y los TEA no se integran en el concepto de misma «Administración actuante» a los efectos del art. 3.º g) de la Ley 1/1998, pues son órganos diferentes, tanto funcional como jurídicamente, a los órganos de aplicación de los tributos.