Novedades Legislativas - mayo 2010

(Novedades normativas publicadas en el mes de abril de 2010):

  • Real Decreto-Ley 6/2010, de 9 de abril, de medidas para el impulso de la recuperación económica y el empleo.
  • Orden EHA/1059/2010, de 28 de abril, que reduce los índices de rendimiento neto aplicables en el período impositivo 2009.
  • Orden EHA/993/2010, de 21 de abril, del procedimiento para la devolución parcial de las cuotas del Impuesto sobre Hidrocarburos soportadas por los agricultores y ganaderos.

Real Decreto-Ley 6/2010, de 9 de abril, de medidas para el impulso de la recuperación económica y el empleo

Sin duda la novedad normativa más destacada de este último mes es la publicación del Real Decreto-Ley 6/2010, de 9 de abril (BOE de 13 de abril y correcciones de errores de 17 y 20 de abril), de medidas para el impulso de la recuperación económica y el empleo. El citado Real Decreto aborda reformas en diferentes ámbitos (financieras, fiscales, mercantiles..), si bien en estas líneas solamente hacemos referencia a las de índole fiscal. Así:

En el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, dos son las medidas adoptadas:

  • Se introduce una exención en la tributación del impuesto de las cuantías satisfechas por las empresas para desplazamientos entre la residencia y el centro de trabajo en transporte público, con un límite de 1.500 euros.
  • Se crea una nueva deducción temporal por obras de mejora en la vivienda habitual para contribuyentes cuya base imponible sea inferior a 53.007,20 euros. Podrán deducirse el 10% de las cantidades satisfechas desde el 14 de abril de 2010 hasta el 31 de diciembre de 2012 por obras realizadas en la vivienda habitual o en el edificio en la que esta se encuentre, con un máximo de 12.000 euros por vivienda habitual. Las obras tienen que tener por objeto, entre otros: la mejora de la eficiencia energética, la utilización de energías renovables, la sustitución de las instalaciones de electricidad, agua, gas u otros suministros, o favorezcan la accesibilidad al edificio o las viviendas, así como las obras de instalación de infraestructuras de telecomunicación que permitan el acceso a Internet y a servicios de televisión digital en la vivienda. No dan derecho a esta deducción las obras realizadas en plazas de garaje, jardines, parques, piscinas e instalaciones deportivas y otros elementos análogos.

En relación al Impuesto sobre Sociedades:

  • Se extiende la libertad de amortización con mantenimiento de empleo a los años 2011 y 2012.
  • Por lo que se refiere a las operaciones vinculadas, introduce a favor de las PYMES una medida orientada a la simplificación de las obligaciones de documentación de las mencionadas operaciones para lo que modifica el artículo 16.2. del TRLIS exonerando de la obligación de documentar cuando el conjunto de las mismas a valor de mercado no supere los 100.000 euros. Asimismo, introduce modificaciones al apartado 10 del mencionado artículo 16, intentando suavizar el régimen sancionador cuando no proceda efectuar correcciones valorativas .

Por lo que al Impuesto sobre el Valor Añadido se refiere, destacamos las siguientes:

  • Se establece un tipo superreducido del 4%, a los servicios de atención a la dependencia prestados por las empresas integradas en el sistema de autonomía y atención a la dependencia, mediante plazas concertadas en centros o residencias o previo concurso público para su prestación.
  • Se establece, con efectos desde el 14 de abril de 2010 y haste el 31 de diciembre de 2012, el tipo reducido del 7% para todo tipo de ejecuciones de obra de renovación y reparación en viviendas (anteriormente sólo tributaban a este tipo reducido las obras de albañileria).
  • Se amplia el concepto de rehabilitación estructural a través de la definición de obras análogas y conexas a las estructurales.
  • En el caso de créditos incobrables, se simplifican los requisitos para recuperar el IVA en el caso de impago de las facturas y se acortan los plazos en el caso de las empresas de menor dimensión (volumen de operaciones no hubiera excedido durante el año natural inmediato anterior de 6.010.121,04 euros).

Orden EHA/1059/2010, de 28 de abril, que reduce los índices de rendimiento neto aplicables en el período impositivo 2009

Es importante también comentar la publicación en el BOE, del día 30 de abril, de la Orden EHA/1059/2010, de 28 de abril, que reduce los índices de rendimiento neto aplicables en el período impositivo 2009 en el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por diversas circunstancias excepcionales y los módulos del régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido para actuaciones de renovación o reparación de viviendas particulares aprobados por la Orden EHA/99/2010, de 28 de enero, por la que se desarrollan para el año 2010 el metodo de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido. Las principales medidas contenidas en esta disposición son:

  • En relación con el IRPF, aprobación de la reducción de los índices de rendimiento neto en el método de estimación objetiva, aplicables en 2009, a las actividades agrícolas y ganaderas desarrolladas en los ámbitos territoriales definidos en el anexo de la norma.
  • Por lo que se refiere al IVA, se reducen los módulos relativos al régimen simplificado correspondientes a las actividades económicas que se dediquen a actuaciones de renovación o reparación de viviendas particulares. Asimismo, se regulan, para estas actividades económicas, las reglas para determinar las cuotas trimestrales referentes al segundo y tercer trimestre y la cuota anual devengada por el régimen simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido en 2010.

Orden EHA/993/2010, de 21 de abril, del procedimiento para la devolución parcial de las cuotas del Impuesto sobre Hidrocarburos soportadas por los agricultores y ganaderos 

En otro orden de asuntos, concretamente en materia de Impuestos Especiales, la Orden EHA/993/2010, de 21 de abril (BOE de 23 de abril), establece el procedimiento para la devolución parcial de las cuotas del Impuesto sobre Hidrocarburos soportadas por los agricultores y ganaderos, iniciándose excepcionalmente el plazo de presentación de las solicitudes de devolución correspondientes a las adquisiciones de gasóleo realizadas en el ejercicio 2009 el 1 de mayo de 2010.