Mutualistas: Formulario de solicitud para la aplicación de la DT2ª LIRPF

Formulario de solicitud para los mutualistas. Logo de la Agencia Tributaria

En previsión de que se produzca la modificación normativa que permita obtener a los mutualistas las devoluciones del IRPF de los ejercicios 2019 a 2022 y años anteriores no prescritos de forma conjunta (sin periodificación), se mantendrá publicado en la Sede electrónica de la Agencia Tributaria el nuevo formulario de solicitud de devolución, permitiendo a los potenciales beneficiarios seguir presentándolo más allá del 30 de junio.

Atendiendo a la dispuesto en el apartado 6 de la nueva redacción de la DF 16 de la Ley 7/2024 prevista en el proyecto de Ley publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales:

"6. Desde el 22 de diciembre de 2024 hasta la fecha de entrada en vigor de esta disposición se entenderá suspendido el plazo de prescripción del derecho a solicitar las devoluciones derivadas de la aplicación de la disposición transitoria segunda de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, según la jurisprudencia establecida por el Tribunal Supremo, en relación con los períodos impositivos 2019 y anteriores no prescritos así como 2020 a 2022.»

Fuente: AEAT (30/06/2025)