Tasa general de operadores y principio de equivalencia: alcance de la obligación de documentar la realidad de los gastos que genera la actividad administrativa que se sufraga con la tasa

El TS deberá determinar cuál es el alcance de la obligación de documentar la realidad de los gastos que genera la actividad administrativa que se sufraga con la Tasa General de Operadores, de acuerdo con el principio de equivalencia.
En el Auto del Tribunal Supremo de 25 de junio de 2025, recurso n.º 4578/2024 se plantea la cuestión relativa al alcance de la obligación de documentar la realidad de los gastos que genera la actividad administrativa que se sufraga con la Tasa General de Operadores, bien con la exigencia de una aportación completa de la contabilidad analítica de las Autoridades Nacionales de Reglamentación, o, por el contrario, si hay que estar a lo que a tal efecto prescribe ésta, es decir la Memoria de continua referencia, todo ello a los efectos de tener por cumplido o no vulnerado el principio de equivalencia en la Tasa.
La sentencia recurrida estimó que la liquidación de la tasa general de operadores girada por la CNMV carece de sustento en datos y antecedentes seguros y fehacientes.
La cuestión que presenta interés casacional consiste en precisar, una vez en vigor la Ley General de Telecomunicaciones de 2014, cuál es el alcance de la obligación de documentar la realidad de los gastos que genera la actividad administrativa que se sufraga con la Tasa General de Operadores, bien con la exigencia de una aportación completa de la contabilidad analítica de las Autoridades Nacionales de Reglamentación, sobre la base de una praxis aplicada a ejercicios anteriores a dicha ley o, por el contrario, si hay que estar a lo que a tal efecto prescribe ésta, es decir la Memoria de continua referencia, todo ello a los efectos de tener por cumplido o no vulnerado el principio de equivalencia en la Tasa.
(Auto Tribunal Supremo de 25 de junio de 2025, recurso n.º 4578/2024)