Murcia aprueba sus Presupuestos para 2025 realizando modificaciones en IRPF, ITP Y AJD, IP y tributos propios

Se aprueban nuevas deducciones y se reducen los tipos de gravamen.
En el Boletín Oficial de la Región de Murcia se publicó en un boletín extraordinario del 24 de julio de 2025, la Ley 3/2025, de 23 de julio, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2025.
Aquí expondremos las medidas tributarias que recoge.
Se introducen modificaciones en los tributos cedidos, en el marco de las competencias normativas reconocidas por la Ley 22/2009, de 18 de diciembre, por la que se regula el sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía y se modifican determinadas normas tributarias. Para ello, se modifica el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en la Región de Murcia en materia de Tributos Cedidos, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 5 de noviembre.
IRPF
En relación con el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se incorporan nuevas deducciones en el impuesto que podrán aplicar los contribuyentes de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia a partir del ejercicio 2025.
Deducción por gastos en la adquisición de vehículos eléctricos y Deducción por gastos en la instalación de infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos
En primer lugar, con la finalidad de fomentar la reducción de las emisiones de contaminantes atmosféricos, se podrán deducir hasta 7.000 euros por la adquisición de un vehículo eléctrico y hasta 4.000 euros por la instalación del correspondiente punto de recarga.
Deducción por cristales graduados, lentes de contacto y soluciones de limpieza y deducción por gastos asociados a las Enfermedades Raras
Por otra parte, dentro de las medidas destinadas a las familias, se incorporan dos nuevas deducciones sin límite de renta. La primera de ellas consiste en una deducción por los gastos derivados de la adquisición de cristales graduados, lentes de contacto y soluciones de limpieza para menores de 12 años. Asimismo, se establece una nueva deducción por los gastos destinados al tratamiento y cuidado de las personas afectadas por enfermedades raras, con la finalidad de procurar una atención adecuada a sus circunstancias personales.
Deducción por gastos asociados a la práctica del deporte y actividades saludables
Además de lo anterior, en aras de fomentar la salud y el bienestar de la población, y como importante novedad para el ejercicio 2025, los contribuyentes podrán aplicar una deducción por la realización de ejercicio físico y actividades saludables. A este respecto se incluyen los gastos de gimnasios y centros deportivos, servicios de entrenamiento prestados por técnicos y entrenadores deportivos, así como la práctica de pilates y yoga, además de las cuotas de pertenencia a las federaciones deportivas. En el caso de mayores de 65 años esta deducción podrá llegar al total de las cantidades satisfechas por estos conceptos.
Deducción por inversión en entidades de economía social
Por otra parte, se establece una nueva deducción por las aportaciones realizadas con la finalidad de ser socio en entidades que formen parte de la economía social, con un importe máximo de 4.000 euros.
Deducción por gastos veterinarios
También como novedad, los contribuyentes podrán aplicar una deducción por los servicios veterinarios prestados a sus animales domésticos.
Deducción autonómica para contribuyentes con discapacidad
En relación con la deducción ya existente para contribuyentes con discapacidad, el importe de la misma se incrementa hasta los 150 euros, y se amplía el límite de base imponible hasta los 40.000 euros.
Deducción por arrendamiento de vivienda habitual
Asimismo, en cuanto a la aplicación de la deducción por arrendamiento de vivienda habitual, se hace extensivo el límite de base imponible hasta los 40.000 euros para personas con discapacidad y familias numerosas.
Correcciones técnicas
Por último, con la finalidad de clarificar y facilitar su aplicación, se introducen correcciones técnicas en la redacción de las deducciones por instalación de recursos energéticos renovables, conciliación, arrendamiento de vivienda habitual y gastos por acceso a internet.
ITP Y AJD
En el ámbito del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, se reduce el tipo de gravamen general aplicable a la transmisión de bienes inmuebles que radiquen en la Región de Murcia a un 7,75%.
Además, en la modalidad de actos jurídicos documentados se reduce al 1,5% el tipo de gravamen aplicable a las primeras copias de escrituras públicas otorgadas para formalizar las transmisiones de bienes inmuebles sujetas y no exentas al Impuesto sobre el Valor Añadido.
IP
En relación con el Impuesto sobre el Patrimonio, una vez prorrogado de forma indefinida el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas por el Real Decreto-Ley 8/2023, de 27 de diciembre, por el que se adoptan medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, así como para paliar los efectos de la sequía, se introduce en la regulación autonómica del Impuesto sobre el Patrimonio una bonificación destinada a que los contribuyentes de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia afectados por el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas lo satisfagan en el Impuesto sobre el Patrimonio, mientras aquel impuesto se encuentre vigente.
TRIBUTOS PROPIOS
A este respecto cabe destacar, de forma general, el mantenimiento de los importes de las tasas y precios públicos de la Hacienda regional para el ejercicio 2025, en las mismas cuantías que se aplicaron durante el ejercicio 2024.
Asimismo, se amplía de forma indefinida la vigencia de las exenciones de pago de determinadas tasas vinculadas a la prestación de actividades y servicios por la Administración regional a favor de emprendedores, pymes y microempresas, como medida de apoyo a este importante sector de la economía regional.
Por otra parte, se mantiene para el ejercicio 2025 la exención del pago de la cuota de la tasa T964 “Tasa por la participación en el procedimiento de reconocimiento, evaluación, acreditación y registro de competencias profesionales (PREAR)” con la finalidad de evitar que el pago de dicha tasa suponga una barrera de acceso de tipo económico para un elevado porcentaje de candidatos.
Por último, se modifica la redacción de varias tasas, a propuesta de las distintas Consejerías.