Bizkaia modifica los reglamentos del IRPF y obligaciones formales en aras de una mejor aplicación de las obligaciones formales vinculadas a BATUZ

Bizkaia modifica los reglamentos del IRPF y obligaciones formales en aras de una mejor aplicación de las obligaciones formales vinculadas a BATUZ. Imagen de una lupa mirando una gráfica de barras de colores

Bizkaia aprueba determinados ajustes en los textos normativos en aras de una mejor aplicación de las obligaciones formales vinculadas a BATUZ.

En el Boletín Oficial de Bizkaia de hoy, 15 de diciembre de 2025 se ha publicado el DECRETO FORAL 116/2025, de 4 de diciembre, de la Diputación Foral de Bizkaia, por el que se modifica el Reglamento por el que se regulan las obligaciones tributarias formales del Territorio Histórico de Bizkaia y el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que introducen determinados ajustes en los textos normativos en aras de una mejor aplicación de las obligaciones formales vinculadas a BATUZ.

Con la aprobación de la Norma Foral 5/2020, de 15 de julio, por la que se establece un sistema integral de control de los rendimientos de las actividades económicas, así como medidas para facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, mediante la modificación de la Norma Foral del IS, la Norma Foral del RPF Físicas, la Norma Foral del IP y la Norma Foral General Tributaria del Territorio Histórico de Bizkaia, se realizó un avance cualitativo en Bizkaia en la implementación de la estrategia integral denominada BATUZ, de control de la tributación de todas las personas o entidades que desarrollan actividades económicas, con independencia de su tamaño o volumen de operaciones, así como en el establecimiento de nuevos modelos de gestión que faciliten a los y las contribuyentes el cumplimiento de las obligaciones tributarias.

Así, en relación con el Libro registro de operaciones económicas de los contribuyentes del IRPF, se modifica el Reglamento por el que se regulan las obligaciones tributarias formales del Territorio Histórico de Bizkaia, a fin de incluir las periodificaciones, tanto en el capítulo de ingresos y facturas emitidas, como en el capítulo de gastos y facturas recibidas. Asimismo, al objeto de facilitar también el cumplimiento de las obligaciones tributarias formales de las personas físicas, se contempla tanto en el Reglamento del IRPF como en el Reglamento por el que se regulan las obligaciones tributarias formales del Territorio Histórico de Bizkaia, que la llevanza de los libros registros previstos en el art.62 Reglamento del IVA, para los y las contribuyentes que, no desarrollando actividades económicas a efectos del IRPF, sí tengan en cambio la consideración de empresario o profesional a efectos del IVA podrá cumplirse mediante la llevanza del libro registro de operaciones económicas. Adicionalmente por medio de este Decreto Foral se modifica el Reglamento del IRPF, con la pretensión de simplificar el procedimiento de solicitud y concesión de ampliación del plazo para la adquisición de vivienda habitual en los supuestos de construcción de la misma a que se refiere el art. 68.2 de dicho Reglamento, adecuándolo a la realidad del mercado inmobiliario.