Modificación de la organización y atribución de funciones en el ámbito de competencias del Departamento de Gestión Tributaria

Se modifica la estructura del del Departamento de Gestión Tributaria, creando nuevas secciones para afrontar los retos tecnológicos y nuevas actuaciones como son el Área de gestión censal, el Área de Objetivos y Ejecución de Devoluciones y el Área Técnico-Jurídica. Por otro lado el Área de Declaraciones Informativas y Retenciones queda desdoblada en dos.
En el BOE de 26 de diciembre de 2025 se ha publicado la RESOLUCIÓN de 17 de diciembre de 2025, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se modifica la de 13 de enero de 2021, sobre organización y atribución de funciones en el ámbito de competencias del Departamento de Gestión Tributaria.
Las modificaciones legislativas que han tenido lugar en aspectos que inciden de forma directa en el ámbito de la gestión tributaria, junto con los retos tecnológicos que debe afrontar el Departamento de Gestión Tributaria para el cumplimiento de sus funciones, así como por otras normas que encomiendan diversas actuaciones gestoras a la Agencia Estatal de Administración Tributaria, hacen necesario acometer en el ámbito de los Servicios Centrales los correspondientes cambios estructurales en las Subdirecciones Generales del Departamento de Gestión Tributaria.
En la Subdirección General de Planificación y Coordinación se crea el Área de Objetivos y Ejecución de Devoluciones se acometerán los trabajos necesarios para modernizar y mantener los instrumentos de planificación de las actuaciones de Gestión y de control de los resultados que incluirá la fijación de referencias anuales a nivel nacional y territorial teniendo en cuenta la existencia de diferentes coeficientes de homogeneización e índices de ponderación y la necesidad de medir el grado de eficacia de las actuaciones realizadas. Asimismo, corresponderá a esta área el seguimiento continuo de los fondos disponibles, en coordinación con otros Servicios de la Agencia Tributaria, al objeto de que los acuerdos de devolución se adopten con la necesaria planificación y celeridad.
En la Subdirección General de Técnica Tributaria, el Área de Declaraciones Informativas y Retenciones queda desdoblada en dos áreas: el Área de Declaraciones Informativas y el Área de Retenciones.
En la Subdirección General de Información y Asistencia Tributaria se crea el Área de Imposición Directa a las Personas Físicas Residentes, debido al incremento de la carga de trabajo que se ha producido en los últimos años en esta materia y por la importancia que la misma tiene para el ejercicio de las funciones encomendadas a la Subdirección.
En la Subdirección General de Verificación y Control Tributario se crea el Área de Gestión Censal, dada la importancia que reviste el censo de obligados tributarios y los distintos registros establecidos por la normativa a efectos de las actuaciones, no solo del área de Gestión, sino del resto de áreas de la Agencia Tributaria. La creación de esta área permitirá acometer diversos proyectos, entre otros, la migración del censo a un nuevo entorno tecnológico, la creación de nuevos Registros, como el Registro de operadores de plataformas de la DAC7, el Registro de Franquicia o el Registro de la Directiva FASTER. Asimismo, resulta necesario acometer la reingeniería del censo y sus múltiples aplicaciones asociadas, lo que conlleva, entre otras cuestiones, la revisión y rediseño de todas las validaciones del modelo 036, incluyendo las relativas a la titularidad real.
En la Subdirección General de Asistencia Jurídica y Coordinación Normativa se crea el Área Técnico-Jurídica con una doble finalidad. De un lado, corresponderá a dicha área la valoración de la conveniencia de interponer recursos de alzada ante el Tribunal Económico-Administrativo Central o de casación ante el Tribunal Supremo, el análisis e informe de las propuestas de allanamiento en procesos contencioso-administrativos, así como el estudio y coordinación de criterios en relación con los procedimientos especiales de revisión. De otro lado, se encargará de la realización de estudios, informes y propuestas tanto normativas como de criterios interpretativos, en relación con las materias propias de la Subdirección General.
Por otro lado, con el fin de reforzar la coordinación que exigen los proyectos internacionales que afectan al área de Gestión, así como las diversas cuestiones que conciernen a las obligaciones tributarias de los contribuyentes no residentes, resulta necesaria la creación del Área de Fiscalidad de No Residentes y Proyectos Internacionales que, por su carácter transversal, dependerá de la Dirección del Departamento de Gestión Tributaria.
Por último, en cuanto a la Oficina Nacional de Gestión Tributaria, a los Equipos y Grupos de Gestión y a las funciones del personal que presta servicios en los órganos y sedes de Gestión Tributaria, se realizan ciertas mejoras en la redacción que suponen, bien una clarificación del texto, bien una reordenación y adaptación de determinadas competencias a la práctica de la gestión tributaria, facilitando así las actuaciones cotidianas de gestión.




