La UE actualiza la estructura y contenido de los documentos administrativos de circulación de productos sujetos a impuestos especiales intercambiados a través del sistema informatizado

La UE actualiza la estructura y contenido de los documentos administrativos de circulación de productos sujetos a impuestos especiales intercambiados a través del sistema informatizado. Imagen de un contenedor con la bandera de la UE sujeto por una grúa

La Unión Europea modifica los Reglamentos sobre los documentos intercambiados en el marco de la circulación así como la estructura de los mensajes relativos a los datos de los operadores económicos y los depósitos fiscales, las estadísticas y la presentación de información relativa a los productos sujetos a impuestos especiales.

En el DOUE de hoy 15 de enero de 2026 se han publicado los REGLAMENTO DELEGADO (UE) 2026/50 de la Comisión, de 12 de noviembre de 2025, por el que se modifica el Reglamento Delegado (UE) 2022/1636 en lo que respecta a los datos de los documentos intercambiados en el marco de la circulación de productos sujetos a impuestos especiales y el REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2026/51 de la Comisión, de 11 de diciembre de 2025, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) n.o 612/2013 de la Comisión en lo que respecta a la estructura de los mensajes relativos a los datos de los operadores económicos y los depósitos fiscales, las estadísticas y la presentación de información correspondientes en el ámbito de los impuestos especiales intercambiados en virtud del Reglamento (UE) n.o 389/2012 del Consejo.

En virtud de la Directiva (UE) 2020/262, la Comisión debe establecer la estructura y el contenido de los documentos administrativos intercambiados a través del sistema informatizado, que se modificó para incluir la circulación de productos sujetos a impuestos especiales exportados fuera de la Unión y la circulación de productos sujetos a impuestos especiales que hayan sido despachados a consumo en el territorio de un Estado miembro que sean trasladados al territorio de otro Estado miembro para su entrega con fines comerciales.

Los Estados miembros tienen la obligación de llevar registros electrónicos de las autorizaciones que obren en poder de los operadores económicos, y de los depósitos fiscales, que intervengan en la circulación de productos sujetos a impuestos especiales. La información contenida en dichos registros nacionales se intercambia automáticamente a través de un registro central gestionado por la Comisión Europea, que también forma parte del sistema informatizado. La Directiva (UE) 2020/262 amplió el sistema informatizado para incluir la circulación de los productos sujetos a impuestos especiales exportados fuera de la Unión y la circulación de productos sujetos a impuestos especiales que han sido despachados a consumo en el territorio de un Estado miembro y se trasladan al territorio de otro Estado miembro para ser entregados con fines comerciales («circulación con derechos pagados»), y el registro central de autorizaciones se modificó debidamente para incluir a los operadores económicos que llevan a cabo la circulación con derechos pagados. A raíz de tales cambios, algunos elementos de datos de los documentos administrativos han quedado obsoletos o han requerido una modificación, que se corrigen ahora mediante estas normas.