Proyecto de Orden modelos de declaración IRPF y Patrimonio 2025

En la página de la AEAT se ha puesto a disposición de los ciudadanos el mencionado Proyecto de Orden.
El Proyecto de Orden tiene por objeto aprobar los modelos de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y del Impuesto sobre el Patrimonio correspondientes al ejercicio 2025, así como regular el lugar, forma y plazos de presentación, los procedimientos de obtención, modificación, confirmación y presentación del borrador de declaración del IRPF y las condiciones generales para la presentación de ambos impuestos por medios electrónicos.
La regulación del IRPF se fundamenta en la Ley 35/2006 y su Reglamento, configurándose como un impuesto parcialmente cedido a las Comunidades Autónomas. En virtud de la Ley 22/2009, las Comunidades Autónomas de régimen común ejercen competencias normativas en materia de mínimos personales y familiares, escalas autonómicas y deducciones en la cuota autonómica, aplicables a los contribuyentes residentes en sus respectivos territorios en 2025. El modelo de declaración aprobado es único para todo el territorio, aunque incorpora de forma diferenciada los elementos autonómicos, reflejando el carácter cedido del impuesto.
En relación con el IP, cuya normativa básica se contiene en la Ley 19/1991 y que se mantiene con carácter indefinido, también se reconoce su cesión a las Comunidades Autónomas. Estas pueden regular el mínimo exento, tipos de gravamen y deducciones o bonificaciones, dentro de los límites establecidos por la normativa estatal. El modelo de declaración mantiene la estructura del ejercicio anterior, con el objetivo de facilitar su tratamiento informático y su presentación electrónica obligatoria.
Respecto a la obligación de declarar en el IRPF, se reitera la aplicación de los criterios establecidos en la Ley 35/2006, incorporándose expresamente la obligación anual de declarar para los perceptores del ingreso mínimo vital y los integrantes de la unidad de convivencia. Asimismo, se detallan las reglas sobre determinación e ingreso de la deuda tributaria y se enumeran los principales cambios introducidos en el modelo de declaración del IRPF para 2025.
Novedades a destacar
Entre las novedades más relevantes del IRPF destaca la incorporación de nuevas casillas para aplicar una reducción del 30% sobre determinados rendimientos del trabajo y de actividades económicas de carácter artístico obtenidos de forma excepcional, cuando superen determinados umbrales respecto de ejercicios anteriores. También se introducen ajustes técnicos para facilitar la regularización de cuotas de autónomos, se mantienen los parámetros del método de estimación objetiva y se actualizan determinados índices aplicables a actividades agrícolas y ganaderas.
En materia de ganancias y pérdidas patrimoniales, se mejora la identificación de premios y ganancias procedentes de juegos, distinguiendo según estén o no sujetos a retención, y se crea un apartado específico para operaciones con fondos cotizados y sociedades de inversión. En el ámbito de las deducciones, se prorrogan y amplían temporalmente deducciones vinculadas a la eficiencia energética de viviendas, a la adquisición de vehículos eléctricos, a la residencia en la isla de La Palma y a determinados incentivos fiscales autonómicos y territoriales, incluido el régimen económico y fiscal de Canarias.
Se incorpora, asimismo, una nueva deducción por obtención de rendimientos del trabajo destinada a limitar el impacto del IRPF sobre los perceptores del salario mínimo interprofesional desde 2025. Dicha deducción se aplica bajo determinados requisitos de renta y se resta de la cuota líquida total del impuesto. Paralelamente, se actualizan los anexos relativos a deducciones autonómicas y a acontecimientos de excepcional interés público.
En el ámbito de la gestión tributaria, se refuerza el uso del borrador de declaración, accesible desde el inicio de la campaña a través de distintos sistemas de identificación electrónica, incluidos certificados digitales, Cl@ve, número de referencia y eIDAS para ciudadanos de la Unión Europea. Se regulan detalladamente los requisitos para la obtención del número de referencia y se mantiene la obligación general de presentación por medios electrónicos, con amplios servicios de asistencia telefónica, presencial y digital.
En cuanto a los medios de pago, se contemplan múltiples modalidades, incluyendo domiciliación bancaria, cargo en cuenta, tarjeta, NRC, transferencias instantáneas y pago en entidades colaboradoras. Para el Impuesto sobre el Patrimonio, se adapta el modelo a la doctrina del Tribunal Supremo que reconoce la aplicación del límite de la cuota íntegra también a contribuyentes no residentes por obligación real.
Finalmente, la Orden se justifica en los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia, y se dicta al amparo de las habilitaciones legales vigentes. Con ello se procede a la aprobación de los modelos de declaración del IRPF y del Impuesto sobre el Patrimonio para el ejercicio 2025, de uso tanto obligatorio como voluntario en los supuestos de solicitud de devolución.




