Información de la AEAT sobre la prórroga de apoderamientos

Información de la AEAT sobre la prórroga de apoderamientos. Imagen del logo de la AEAT

La Agencia Estatal de la Administración Tributaria ha creado un portal dentro de su página web con preguntas sobre la prórroga de apoderamientos, el acceso directo a las gestiones relacionadas con este tema e información técnica para acceder.

CUÁNDO

Todos los poderes inscritos en el Registro de apoderamientos de la Agencia Tributaria pueden ser prorrogados en los dos meses previos al momento en que perderán su efectividad. Por lo tanto, hasta el 1 de abril de 2026 pueden prorrogarse los poderes otorgados o recibidos antes del 2 de abril de 2021.

CÓMO

Los poderes inscritos puede prorrogarlos el poderdante accediendo a la Sede electrónica de la Agencia Tributaria en el apartado del Registro de apoderamientos correspondiente a "Consulta, prórroga y revocación de apoderamientos otorgados". También puede accederse a la prórroga a través de Mis Expedientes/Mis alertas.

Asimismo, los apoderamientos pueden prorrogarse por el poderdante de forma presencial en las Delegaciones y Administraciones de la Agencia Tributaria, y mediante documento público o documento privado con firma notarialmente legitimada presentado ante la Agencia Tributaria.

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Fuente: AEAT (09/02/2026)