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Venta vivienda post-divorcio

Mi madre es propetaria al 100% de una vivienda que actualmente no es la habitual. La adquirió en dos tramos: la mitad por su parte de gananciales en 1981 y la otra mitad al divorciarse mediante adjudicación, ante notario, en el año 2000. La va a vender en 2007. ¿Cómo tributará el incremento de patrimonio obtenido? ¿Cómo dos operaciones cada una de ellas por la mitad y en sus fechas respectivas? ¿Cómo una sola operación en la fecha más antigua?
Gracias de antemano.

Entiendo que se le adjudico la mitad de la vivienda en el año 2000 por disolución de la sociedad de gananciales. En este caso no se considera que hubo alteración patrimonial, y por tanto toda la vivienda conserva la fecha y valor de su adquisición inicial.

Saludos