Novedades Legislativas - Julio-Agosto 2006

(Novedades legislativas publicadas en el mes de julio y agosto de 2006)

  • Ley 25/2006, de 17 de julio, por la que se modifica el régimen fiscal de las reorganizaciones empresariales y del sistema portuario y se aprueban medidas tributarias para la financiación sanitaria y para el sector del transporte por carretera (BOE de 18 de julio).
  • Ley 26/2006, de 17 de julio, de mediación de seguros y reaseguros privados (BOE de 18 de julio).
  • Convenio entre el Reino de España y la República Árabe de Egipto para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y patrimonio, hecho en Madrid el 10 de junio de 2005 (BOE de 11 de julio de 2006).
  • Directiva 2006/69/CE del Consejo (DOUE de 12 de agosto), que modifica la Directiva 77/388/CEE (Sexta Directiva) en lo relativo a determinadas medidas de simplificación del procedimiento de aplicación del Impuesto sobre el valor añadido y de contribución a la lucha contra la evasión o el fraude fiscales.
  • Orden PRE/2146/2006, de 3 de julio y Resolución de la Presidencia de la AEAT de 3 de julio de 2006, sobre competencias para la tramitación de los procedimientos de declaración de lesividad de actos anulables y de revocación.
  • Resolución de 16 de junio de 2006 (BOE de 4 de julio), del Departamento de Recaudación de la AEAT, sobre el plazo de ingreso en período voluntario de los recibos del Impuesto sobre Actividades Económicas del ejercicio 2006.

La novedad legislativa más importante de los meses de julio y agosto es, sin duda, la Ley 25/2006, de 17 de julio, por la que se modifica el régimen fiscal de las reorganizaciones empresariales y del sistema portuario y se aprueban medidas tributarias para la financiación sanitaria y para el sector del transporte por carretera (BOE de 18 de julio). Las modificaciones más importantes introducidas por la mencionada Ley giran en torno a los siguientes contenidos:

  • Dotación de mayor capacidad normativa a las Comunidades Autónomas (se modifica la Ley 21/2001, de 27 de diciembre, que regula las medidas fiscales y administrativas del nuevo sistema de financiación de las Comunidades Autónomas):
--En el Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos se eleva el tope del tipo de gravamen autonómico de 24 a 48 euros por cada 1.000 litros, tanto para las gasolinas como para el gasóleo de uso general.--En el Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte los tipos generales podrán estar para los vehículos de cilindrada reducida entre el 7,00 y el 8,05 por 100 (anteriormente entre el 7,00 y el 7,70 por 100) y para el resto de medios de transporte entre el 12,00 y el 13,80 por 100 (antes entre el 12,00 y el 13,20 por 100).
  • Medidas para el sector del transporte por carretera (se adoptan medidas con el objeto de paliar la situación generada por la elevación del precio de los combustibles):
--Bonificación del 50 por 100 en las cuotas del Impuesto sobre Actividades Económicas correspondientes a los años 2006 y 2007 para las actividades clasificadas en los grupos 721 y 722 de la Sección primera de las Tarifas.--Bonificación del 75 por 100 en el Impuesto sobre las Primas de Seguros durante el año 2006 para las operaciones de seguro relacionadas con el transporte público urbano y por carretera de mercancías o viajeros.
  • Modificación del Impuesto sobre Sociedades:
--Se regula el tipo de gravamen de la Entidad Puertos del Estado y las Autoridades Portuarias (25 por 100).--Se adapta la regulación de la doble imposición internacional en caso de dividendos y participaciones en beneficios de entidades no residentes en territorio español. Para ello, se extiende la deducción a todas las filiales de cualquier nivel, siempre que cada relación entre filiales reúna las condiciones de participación mínima del 5 por 10 y que se mantenga durante un período de un año, anterior o posterior a la distribución de beneficios.--Se aumenta el porcentaje de deducción por la adquisición de nuevos vehículos industriales o comerciales de transporte por carretera desde el 10 al 12 por ciento.--Se incorporan al ordenamiento jurídico español las previsiones contenidas en la Directiva 90/434/CEE, de 23 de julio, relativa al régimen fiscal común aplicable a las fusiones, escisiones, aportaciones de activos y canjes de acciones realizados entre sociedades de diferentes Estados miembros. En base a ellas: se extiende la aplicación de este régimen a las operaciones de traslado del domicilio social de un Estado miembro a otro de una Sociedad Anónima Europea o de una Sociedad Cooperativa Europea; se amplía el concepto de canje de valores; se modifica el régimen de compensación de pérdidas de establecimientos permanentes situados en otro Estado miembro cuando sean objeto de operaciones de reorganización empresarial.

Asimismo, destacamos, la publicación en el BOE de 18 de julio, de la Ley 26/2006, de 17 de julio, de mediación de seguros y reaseguros privados, que contiene normas fiscales en sus disposiciones adicionales cuarta y octava:

  • En su disposición adicional cuarta regula la tasa por inscripción de mediadores de seguros y corredores de reaseguros en el Registro de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.
  • En la disposición adicional octava modifica Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido, concretamente, el número 16 del apartado uno del artículo 20 (exención de las operaciones de seguro, reaseguro y capitalización).

En materia de doble imposición internacional, se ha publicado en el BOE del día 11 de julio, el Convenio entre el Reino de España y la República Árabe de Egipto para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y patrimonio, hecho en Madrid el 10 de junio de 2005. Este Convenio entró en vigor el 28 de mayo de 2006 (fecha de la última notificación cruzada entre las Partes de cumplimiento de procedimientos legales internos) y en términos generales, sigue las pautas del Modelo de Convenio de la OCDE.En materia de organización interna de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, el BOE publicó, los días 5 y 6 de julio, dos normas referentes a los procedimientos especiales de revisión. La primera (Orden PRE/2146/2006, de 3 de julio) atribuye competencias para la tramitación del procedimiento de revisión de actos nulos de pleno derecho y para iniciar el procedimiento para la declaración de lesividad de actos anulables. La segunda (Resolución de la Presidencia de la AEAT de 3 de julio de 2006) atribuye competencias para la tramitación de los procedimientos de declaración de lesividad de actos anulables y de revocación. Esta misma norma modifica la estructura de la Delegación Central de Grandes Contribuyentes.Por su parte la Resolución de 16 de junio de 2006 (BOE de 4 de julio), del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, modifica el plazo de ingreso en período voluntario de los recibos del Impuesto sobre Actividades Económicas del ejercicio 2006, relativos a las cuotas nacionales y provinciales (quedándolo fijado desde el 15 de septiembre hasta el 20 de noviembre de 2006, ambos inclusive) y establece el lugar de pago de dichas cuotas.Para concluir, se advierte al lector de la inclusión en este número, concretamente en el apartado de Comunidades Europeas, de la Directiva 2006/69/CE del Consejo (DOUE de 12 de agosto), que modifica la Directiva 77/388/CEE (Sexta Directiva) en lo relativo a determinadas medidas de simplificación del procedimiento de aplicación del Impuesto sobre el valor añadido y de contribución a la lucha contra la evasión o el fraude fiscales.