Novedades Legislativas

Álava aprueba los coeficientes de actualización aplicables en el IRPF e IS a las transmisiones que se efectúen en el ejercicio 2025

Coeficientes de actualización aplicables para 2025 en el IRPF e IS a las transmisiones patrimoniales en Álava. Año 2025 cayendo sobre 2024

Álava aprueba los coeficientes de actualización del valor de adquisición de los correspondientes elementos patrimoniales aplicables en el IRPF e IS a las transmisiones que se efectúen en el ejercicio 2025.

En el Boletín Oficial de Álava de 30 de diciembre de 2024 se ha publicado el Decreto Foral 27/2024, del Consejo de Gobierno Foral de 23 de diciembre. Aprobar los coeficientes de actualización aplicables en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y en el Impuesto sobre Sociedades.

En el caso del IRPF, para la determinación del valor de adquisición de los elementos patrimoniales en el caso de transmisiones onerosas o lucrativas, los coeficientes de actualización aplicables a las transmisiones realizadas en el ejercicio 2025, serán los siguientes:

Gipuzkoa aprueba los coeficientes de actualización aplicables en el IRPF e IS a las transmisiones que se efectúen en el ejercicio 2025

Coeficientes de actualización aplicables para 2025 en el IRPF e IS a las transmisiones patrimoniales en Gipuzkoa. Imagen de barras gráficas comparativas de diversos años

Gipuzkoa aprueba los coeficientes de actualización del valor de adquisición de los correspondientes elementos patrimoniales aplicables en el IRPF e IS a las transmisiones que se efectúen en el ejercicio 2025.

En el Boletín Oficial de Gipuzkoa de 30 de diciembre de 2024 se ha publicado el DECRETO FORAL 61/2024, de 27 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y se aprueban los coeficientes de actualización aplicables en 2025 para la determinación, en el citado impuesto y en el impuesto sobre sociedades, de las rentas obtenidas en la transmisión de elementos patrimoniales.

Gipuzkoa incorpora el Impuesto Complementario para garantizar un nivel mínimo global de imposición del 15 por ciento para los grupos multinacionales y los grupos nacionales de gran magnitud

Gipuzkoa incorpora el Impuesto Complementario para garantizar un nivel mínimo global . Imagen de mapa mundi virtual y monedas apiladas

La falta de transposición de la Directiva (UE) 2022/253, del Consejo por parte del Reino de España en el plazo señalado impide que las instituciones competentes del Territorio Histórico ejerzan su potestad normativa con anterioridad al señalado devengo del impuesto, el 31 de diciembre de 2024, por lo que en el ámbito del Territorio Histórico de Gipuzkoa se aprueba este decreto foral-norma por razones de seguridad jurídica, remitiendo a la normativa aprobada en territorio común la regulación foral del impuesto para el devengo del primer periodo impositivo que se inicie con posterioridad al 31 de diciembre de 2023, a la espera de que las Juntas Generales, tras la modificación del Concierto Económico que incorpore su concertación.

Desarrollo del Reglamento (UE) 2023/956 en lo relativo al registro MAFC (Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono) interoperable con los sistemas aduaneros existentes

El Registro MAFC proporcionará a las autoridades aduaneras los datos para la verificación de las formalidades MAFC durante el despacho de aduana. Imagen de fondo industrial y primer plano de planta verde sujetada por unas manos

El registro MAFC debe convertirse en el sistema de presentación y gestión de las declaraciones MAFC, incluidos los controles, las evaluaciones indicativas y los procedimientos de revisión, conteniendo datos sobre los declarantes autorizados a efectos del MAFC, sobre los solicitantes que presenten una solicitud para que se le conceda la condición de declarante autorizado a efectos del MAFC («solicitantes»), sobre los titulares y sobre los verificadores acreditados del MAFC, que proporcionará a las autoridades aduaneras acceso a los datos MAFC a efectos de la verificación de las formalidades MAFC durante el despacho de aduana.

En el DOUE de 30 de diciembre de 2024 se ha publicado el REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2024/3210de la Comisión, de 18 de diciembre de 2024, por el que se establecen normas de desarrollo del Reglamento (UE) 2023/956 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo al registro MAFC, que debe convertirse en el sistema de presentación y gestión de las declaraciones MAFC, incluidos los controles, las evaluaciones indicativas y los procedimientos de revisión. El registro MAFC debe contener datos sobre los declarantes autorizados a efectos del MAFC, sobre los solicitantes que presenten una solicitud para que se le conceda la condición de declarante autorizado a efectos del MAFC («solicitantes»), sobre los titulares y sobre los verificadores acreditados del MAFC.

Actualización de los precios medios de venta de vehículos y embarcaciones para 2025 aplicables en la gestión del ITP y AJD, ISD e IE sobre Determinados Medios de Transporte

Precios medios de venta para 2025 aplicables en la gestión del ITP y AJD, ISD e IEDMT. Imagen de muchos coches juntos

Se actualizan para el año 2025 los precios medios de venta y los porcentajes aplicables a los mismos.

Como cada año, en el BOE de 28 de diciembre de 2023, se ha publicado la Orden HAC/1484/2024, de 26 de diciembre, (en vigor el 1 de enero de 2025), que aprueba los precios medios de venta de vehículos de turismo, todo terrenos, autocaravanas, motocicletas, embarcaciones de recreo, motores marinos, motos náuticas, motos eléctricas y quads para 2025, que serán utilizables como medios de comprobación de valores a los efectos del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones e Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte.

Canarias: numerosas deducciones en IRPF mejoradas a través de los Presupuestos

Presupuestos 2025 en Canarias: modificaciones tributarias. Imagen de la bandera de las Islas Canarias

Las modificaciones también se refieren al IGIC y otros tributos propios.

El 30 de diciembre de 2024 se ha publicado en el Boletín Oficial de Canarias la Ley 5/2024, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2025, que incluye nuevas medidas de carácter tributario para ayudar a familias y empresas.

En el caso del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF), en primer lugar, se ha optado por la mejoría general de las deducciones del impuesto en el tramo autonómico.

Se ha procedido a la consolidación de la tarifa autonómica vigente transitoriamente en 2022 y 2023, añadiéndose una deflactación de los tramos.

Se aprueban los Presupuestos de Andalucía para 2025 con algunas modificaciones en el ámbito tributario

Presupuestos 2025 en Andalucía: modificaciones tributarias. Imagen de la bandera de Andalucía

Las modificaciones de mayor interés se refieren al IRPF.

En el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 30 de diciembre se ha publicado la Ley 7/2024, de 23 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2025.

A continuación, exponemos las modificaciones de ámbito tributario.

Se mejora la deducción autonómica por inversión en vivienda habitual protegida y para personas jóvenes, aumentando el porcentaje de deducción del 5 al 6%. Esta medida tiene como objetivo reducir la carga fiscal para quienes compran o rehabilitan su vivienda habitual, incentivando así la adquisición y mejora de viviendas, especialmente entre jóvenes y quienes eligen viviendas protegidas, contribuyendo al desarrollo del parque inmobiliario en Andalucía.

Además, se incrementan los límites de deducción autonómica para cantidades invertidas en el alquiler de vivienda habitual. Los nuevos límites de deducción son los siguientes: para jóvenes menores de 35 años, mayores de 65 años, víctimas de violencia doméstica y víctimas del terrorismo, el límite pasa de 600 a 900 euros; para personas con discapacidad, el límite se eleva de 900 a 1.000 euros. Estas mejoras están diseñadas para aliviar financieramente a los colectivos más vulnerables y facilitar el acceso a la vivienda.

La Comunidad Valenciana elimina los impuestos relacionados con la transición ecológica que entraban en vigor el 1 de enero de 2025 y modifica la deducción en IRPF por aportaciones a los fondos propios de entidades a favor de los afectados por la DANA

La C.Valenciana beneficia empresas que han solicitado ERTEs por fuerza mayor. Imagen de individuo con botas de agua andando sobre suelo mojado

También se hace mención expresa del impuesto sobre el depósito en vertederos, incineración y coincineración de residuos que genera confusión sobre quién debe asumir la carga tributaria.

En el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana se ha publicado el Decreto Ley 17/2024, de 23 de diciembre, del Consell, de medidas urgentes para la mejora de la fiscalidad verde y desarrollo de la actividad económica en la Comunitat Valenciana.

Desde 2020, la economía y las empresas de la Comunitat Valenciana enfrentan una serie de crisis consecutivas que afectan la generación de riqueza, la creación de empleo y el bienestar social. Ante este panorama, se plantea la necesidad de optimizar el marco fiscal para impulsar la competitividad y sostenibilidad del tejido empresarial valenciano, reduciendo la presión fiscal y armonizando normativas para evitar desventajas frente a otros territorios.

Junto con la aprobación del presupuesto para 2025 sin ninguna disposición tributaria, Álava ratifica convenio entre la Administración de Euskadi y las Diputaciones Forales para promover la educación cívico-tributaria en los centros escolares

Junto con la aprobación del presupuesto para 2025 sin ninguna disposición tributaria, Álava ratifica convenio entre la Administración de Euskadi y las Diputaciones Forales para promover la educación cívico-tributaria en los centros escolares. Imagen de un niño en un escritorio con una pila de papeles

Junto con la aprobación del presupuesto de las Juntas Generales de Álava para el año 2025 sin ninguna disposición de carácter tributario, Álava ratifica el convenio de colaboración entre la administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, y las Diputaciones Forales de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa para la implantación de una unidad didáctica común sobre economía y fiscalidad en los centros escolares de la Comunidad Autónoma de Euskadi en los cursos 2025-2026 y 2026-2027 se enmarca dentro de las líneas de actuación prioritarias la promoción de la educación cívico-tributaria que se incluye en los planes conjuntos contra el fraude.

En el BOTHA de hoy, 27 de diciembre de 2024, se han publicado la NORMA FORAL 15/2024, de 12 de diciembre, de presupuesto de las Juntas Generales de Álava para el año 2025 y la NORMA FORAL 16/2024, de 13 de diciembre, de ratificación del convenio de colaboración entre la administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, y las Diputaciones Forales de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa para la implantación de una unidad didáctica común sobre economía y fiscalidad en los centros escolares de la Comunidad Autónoma de Euskadi en los cursos 2025-2026 y 2026-2027.

En la NORMA FORAL 15/2024 de presupuesto de las Juntas Generales de Álava para el año 2025 no encontramos ninguna disposición de carácter tributario, sin embargo la NORMA FORAL 16/2024 que ratifica el convenio de colaboración entre la administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, y las Diputaciones Forales de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa para la implantación de una unidad didáctica común sobre economía y fiscalidad en los centros escolares de la Comunidad Autónoma de Euskadi en los cursos 2025-2026 y 2026-2027 se enmarca dentro de las líneas de actuación prioritarias la promoción de la educación cívico-tributaria que se incluye en los planes conjuntos contra el fraude.

Se establece para los operadores principales en los sectores energéticos un nuevo gravamen temporal energético a satisfacer en el año 2025,al haber derogado la Ley 7/2024 el Gravamen temporal energético

Nuevo gravamen temporal energético a satisfacer en el año 2025 por los operadores principales en los sectores energéticos, pese a haber derogado el anterior la Ley 7/2024. Imagen de una torreta de la luz y monedas a su alrededor

Se establece un gravamen temporal energético durante el año 2025, pese a que la LEY 7/2024 derogó el Gravamen temporal energético que estableció la Ley 38/2022, ya que el gobierno no pudo alcanzar la mayoría necesaria para aprobar un año más su prórroga. Este nuevo gravamen incorpora algunos incentivos relacionados con las inversiones relacionadas con la descarbonización y la transición energética.

En el BOE del 24 de diciembre de 2024 además del REAL DECRETO-LEY 9/2024, de 23 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes en materia económica, tributaria, de transporte, y de Seguridad Social, se ha publicado el REAL DECRETO-LEY 10/2024, de 23 de diciembre, para el establecimiento de un gravamen temporal energético durante el año 2025.

Aunque la LEY 7/2024, de 20 de diciembre, por la que se establecen un Impuesto Complementario para garantizar un nivel mínimo global de imposición para los grupos multinacionales y los grupos nacionales de gran magnitud, un Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras y un Impuesto sobre los líquidos para cigarrillos electrónicos y otros productos relacionados con el tabaco, y se modifican otras normas tributarias derogó el Gravamen temporal energético que estableció la Ley 38/2022, de 27 de diciembre, para el establecimiento de gravámenes temporales energético y de entidades de crédito y establecimientos financieros de crédito y por la que se crea el impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas, por el cual los años 2023 y 2024, determinadas personas y entidades consideradas como «operadores principales» de acuerdo con la normativa reguladora de los mercados y la competencia, así como las personas o entidades que desarrollasen en España actividades de producción de crudo de petróleo o gas natural, minería de carbón o refino de petróleo y que hubieran generado, en el año anterior al del nacimiento de la obligación de pago de la prestación, al menos el 75 por ciento de su volumen de negocios a partir de actividades económicas en el ámbito de la extracción, la minería, el refinado de petróleo o la fabricación de productos de coquería, han satisfecho una prestación patrimonial de carácter público no tributario con carácter temporal, mediante esta norma se crea un nuevo gravamen temporal energético a satisfacer en el año 2025, de manera que los obligados al pago de este nuevo gravamen resultan de su consideración de operadores principales en los sectores energéticos de acuerdo con la Resolución de 15 de diciembre de 2023, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establecen y publican, a los efectos de lo dispuesto en el artículo 34 del Real Decreto-ley 6/2000, de 23 de junio, las relaciones de operadores principales en los sectores energéticos, y se establece un incentivo por inversiones estratégicas que se concertará o conveniará, respectivamente, con la Comunidad Autónoma del País Vasco y la Comunidad Foral de Navarra.

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