Novedades Legislativas
Modificación de la normativa foral del IS, IRNR e ITP y AJD de Gipuzkoa
Enviado por Editorial el Mar, 27/10/2015 - 11:13En el Boletín Oficial de Gipuzkoa del día de hoy, se han publicado el DECRETO FORAL NORMA 2/2015, de 20 de octubre, por el que se modifican el Impuesto sobre Sociedades, el Impuesto sobre la Renta de no Residentes y el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, a fin de ajustarlos a la normativa de régimen común.
En el ámbito del IS, con efectos para los periodos impositivos iniciados a partir del 1 de enero de 2015, se modifica la regulación del régimen especial de consolidación fiscal. En el ámbito del IRNR, se incluyen entre otras modificaciones respecto a la tributación de las rentas obtenidas por contribuyentes sin establecimiento permanente, con efectos, con carácter general desde el 1 de enero de 2015, mientras que con efectos desde el 12 de julio de 2015, se modifican los tipos de gravamen de las rentas obtenidas por contribuyentes sin establecimiento permanente del 19 por 100 previstos en el art. 25.1.a) y f) de la Norma Foral 16/2014, que pasan a ser del 19,5 por 100 cuando el impuesto se devengue a partir de dicha fecha, mientras que para los devengados con anterioridad será del 20 por 100. Respecto al ITP y AJD, con efectos desde el 1 de enero de 2015, se deja sin contenido la exención referida a las operaciones de constitución y aumento de capital de las entidades de capital-riesgo en los términos establecidos en la Ley 25/2005, de 24 de noviembre, reguladora de las entidades de capital-riesgo y de sus sociedades gestoras y se establece que los fondos de titulización hipotecaria, los fondos de titulización de activos financieros y los fondos de capital riesgo estarán exentos de todas las operaciones sujetas a la modalidad de operaciones societarias.
La fecha de publicación del primer listado de deudores a la Hacienda Pública se realizará a partir del 1 de diciembre de 2015
Enviado por Editorial el Lun, 26/10/2015 - 14:12Así lo establece la Orden HAP/2216/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de octubre y en vigor a partir del 25 de octubre), que determina la fecha de publicación y los correspondientes ficheros y registros del listado comprensivo de los deudores a la Hacienda Pública por deudas o sanciones tributarias cuando supere el millón de euros su importe total pendiente de ingreso.
La regulación del régimen fiscal de las operaciones sobre valores se encuentra ahora en el Título IX del TR de la Ley del Mercado de Valores -RD Legislativo 4/2015, de 23 de octubre-
Enviado por Editorial el Lun, 26/10/2015 - 11:11El pasado sábado se publicó en el BOE el Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, que aprueba el texto refundido de la Ley del Mercado de Valores, que deroga su regulación anterior contenida en la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores. Salvo una excepción, tanto el Real Decreto Legislativo como el texto refundido entran en vigor el 13 de noviembre de 2015 –a los veinte días de su publicación en el BOE-.
Ciñéndonos ya, al ámbito fiscal, y como es sabido, la Ley 24/1988 regula en su título IX -artículos 108 a 110-, el régimen fiscal de las operaciones sobre valores. Dicho régimen declara exentas –salvo algunas excepciones- de IVA, de IGIC y de ITP y AJD la transmisión de valores, admitidos a negociación en un mercado secundario oficial. Pues bien, este régimen fiscal estará regulado, a partir del próximo día 13 de noviembre, por el Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, concretamente, en su Título IX -arts. 314 a 316-.
Elevado de 18.000 a 30.000 euros el límite exento de la obligación de aportar garantía en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento de pago de deudas
Enviado por Editorial el Mar, 20/10/2015 - 08:16A partir del 21 de octubre de 2015, no se exigirán garantías para las solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento de pago de las deudas gestionadas por la AEAT y por los órganos u organismos de la Hacienda Pública estatal cuando su importe conjunto no exceda de 30.000 euros y se encuentren tanto en período voluntario como en período ejecutivo de pago, sin perjuicio del mantenimiento, en este último caso, de las trabas existentes sobre bienes y derechos del deudor en el momento de la presentación de la solicitud. Así lo establece la Orden HAP/2178/2015, de 9 de octubre (BOE de 20 de octubre), por la que se eleva el límite exento de la obligación de aportar garantía en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento a 30.000 euros, que deroga su regulación anterior contenida en la Orden EHA/1030/2009, de 23 de abril, que estableció el límite exento de la obligación de aportar garantías en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento en 18.000 euros, rigiéndose las solicitudes en tramitación por lo establecido en la normativa vigente a la fecha de presentación de la correspondiente solicitud.
Método de estimación objetiva del IRPF y régimen especial simplificado del IVA para el año 2016
Enviado por Editorial el Vie, 16/10/2015 - 08:55
El 15 de octubre de 2015 se ha publicado en el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas el Proyecto de Orden por la que se desarrollan para el año 2016 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido.
Como es sabido, el art. 32 del RD 439/2007 (Rgto IRPF), y el art. 37 del RD 1624/1992 (Rgto IVA), establecen que el método de estimación objetiva del IRPF y el régimen especial simplificado del IVA, se aplicarán a las actividades que determine el Ministro de Economía y Hacienda, en la actualidad, Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas. Así, la presente Orden tiene por objeto dar cumplimiento para el ejercicio 2016 a los mandatos contenidos en los mencionados preceptos reglamentarios.
LEGISLACIÓN DEL MES. Avance octubre 2015
Enviado por Editorial el Jue, 15/10/2015 - 14:34A continuación reseñamos, al objeto de facilitarle la acotación temporal de la normativa recientemente aprobada, las normas de interés tributario publicadas en los distintos boletines oficiales durante la primera quincena del mes de octubre.
Nueva regulación del régimen tributario de las Sociedades Laborales
Enviado por Editorial el Jue, 15/10/2015 - 11:56Con entrada en vigor el 14 de noviembre de 2015, se ha publicado en el BOE de 15 de octubre, la Ley 44/2015, de 14 de octubre de Sociedades Laborales y Participadas, ciñéndonos en estas líneas a recoger los beneficios fiscales que establece, y que se contienen en el Capítulo II de la referida Ley, que está integrado por un artículo, concretamente, el artículo 17.
El referido artículo establece para las Sociedades Laborales, en la modalidad de transmisiones patrimoniales onerosas del ITP y AJD, una bonificación del 99 por 100 de las cuotas que se devenguen por la adquisición, por cualquier medio admitido en Derecho, de bienes y derechos provenientes de la empresa de la que proceda la mayoría de los socios trabajadores de la sociedad laboral.
Aprobación del modelo 280 de “Declaración informativa anual de Planes de Ahorro a Largo Plazo” y modificación del modelo 188
Enviado por Editorial el Jue, 15/10/2015 - 10:53La Orden HAP/2118/2015, de 9 de octubre (BOE de 15 de octubre), aprueba el modelo 280, "Declaración informativa anual de Planes de Ahorro a Largo Plazo" y establece las condiciones y el procedimiento para su presentación, y modifica la Orden de 17 de noviembre de 1999, por la que se aprueban los modelos 128, en Pesetas y en Euros, de Declaración-Documento de ingreso y los modelos 188, en Pesetas y en Euros, del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes correspondiente a establecimientos permanentes, en relación con las rentas o rendimientos del capital mobiliario procedentes de operaciones de capitalización y de contratos de seguro de vida o invalidez, así como los diseños físicos y lógicos para la sustitución de las hojas interiores de los citados modelos 188 por soporte directamente legible por ordenador.
Álava ratifica el Convenio para intercambio de información con fines tributarios con Navarra y con la Comunidad Autónoma de Euskadi
Enviado por Editorial el Vie, 09/10/2015 - 09:43En el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava se han publicado la Norma Foral 14/2015, de 30 de septiembre, de ratificación del convenio a suscribir con la Hacienda Tributaria de Navarra para el intercambio de información con fines tributarios junto con la Norma Foral 13/2015, de 30 de septiembre, de ratificación del convenio de colaboración entre el Departamento de Hacienda, Finanzas y Presupuestos de la Diputación Foral de Álava y la administración pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus sociedades públicas para el intercambio de información.